Por otro lado, se aclara que "la falta de pago o mora en el pago de 3 cuotas consecutivas o 6 alternas habilitará a las prestadoras al corte del suministro".
También se aclara que "las empresas prestadoras del servicio público de distribución de gas por redes deberán permitir y habilitar al usuario a cancelar las deudas que se hubieren generado durante el plazo de vigencia del Decreto 311/20, a través de facilidades de pago de hasta 30 cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pudiendo optar el beneficiario por abonarlas en una cantidad menor de cuotas".
Además, aclara que las prestadoras "podrán extender las condiciones de los planes de facilidades a deudas adquiridas fuera del plazo de vigencia del decreto y/o respecto de usuarios no alcanzados, sean residenciales o no".