Por su parte, el Banco Central informará diariamente a la AFIP el detalle de los beneficiarios que accedieron al crédito a tasa cero.
Al efectuarse el desembolso de cada cuota del crédito, la entidad bancaria cancelará el monto equivalente a la obligación del período fiscal que corresponda.
En ese sentido, los bancos deberán efectuar la cancelación de los VEP consolidados a través de su red de pagos dentro de los tres días hábiles siguientes contados desde la generación, fecha en la cual expirarán.
Sebastián M. Domínguez, Socio de SDC Asesores Tributarios, precisó que el monto de las cuotas de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos cambiará en el período devengado junio 2020 producto del ajuste de la movilidad previsional.
También se definió a qué períodos deben imputarse los pagos de los componentes impositivo y previsional de las cuotas del Monotributo y de los aportes jubilatorios de los trabajadores autónomos:
Monotributistas: Períodos fiscales correspondientes a los meses de junio, julio y agosto de 2020.
Trabajadores Autónomos: Períodos devengados correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2020.
La Resolución también estableció que podrán verificar la correcta imputación de los mismos en el Servicio "CCMA – Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos" al que se accede con clave fiscal en la web de la AFIP.