El documento oficial precisó que el plazo de pago del bioetanol elaborado a base de caña de azúcar y maíz no podrá exceder, en ningún caso, los 30 días corridos a contar desde la fecha de la factura correspondiente.
Asimismo, aclaró que los nuevos precios fijados "son los valores mínimos a los cuales deberán ser llevadas a cabo las operaciones de comercialización en el mercado interno".
Quinto ajuste del año para biocombustibles
En los considerandos, se recordó que la secretaría energética está facultada para modificar los precios "tanto en los casos en que se detecten desfasajes entre los valores resultantes de su implementación y los costos reales de elaboración de los productos, o bien cuando dichos precios puedan generar distorsiones en los precios del combustible fósil en el pico del surtidor, esto último lo cual resulta necesario atender en el contexto actual, fijando excepcionalmente precios que se ajusten a dicha necesidad".
El ajuste en los valores de los biocombustibles es el quinto del año para el biodiesel, ya que en enero, febrero, marzo y abril, el área dependiente del Ministerio de Economía también había aprobado una suba, mientras que para el bioetanol se trata del cuarto aumento en el 2025, sumándose al de febrero, marzo y abril. Durante el primer mes del año, se rigió por los precios fijados en diciembre.
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