Un diputado presentó proyecto sobre ganancias empresariales
Los empresarios no estarán muy contentos cuando sepan de la nueva iniciativa presentada en el Congreso Nacional por un diputado oficialista.

Los empresarios no estarán muy contentos cuando sepan de la nueva iniciativa presentada en el Congreso Nacional por un diputado oficialista.
Recordemos que el diputado nacional además de legislador es integrante del sindicato de trabajadores del plástico y secretario general de la CGT-Regional Villa Mercedes, por lo que prometió impulsar proyectos que favorezcan a los trabajadores. En ese sentido, presentó el proyecto de ley en la Cámara baja para que los trabajadores participen de las ganancias de las empresas.
Según el legislador oficialista, su proyecto se trata de “un derecho largamente postergado que figura en la Constitución Nacional, a partir de la reforma de 1957- tras el golpe de Estado cívico-militar- eclesiástico que dejó sin efecto la reforma constitucional de 1949- El artículo 14 bis reconoce el derecho de los trabajadores a participar en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la gestión”.
El proyecto que consta de 21 artículos, cita que: "A los fines de la presente ley se considera la participación en las ganancias como aquel mecanismo que garantiza a las personas trabajadoras que presten servicios en empresas con fines de lucro, el derecho a una retribución anual en dicho concepto, encontrándose la misma sujeta a los resultados del ejercicio económico de la empresa a la que pertenecen".
Y agrega en su artículo 2: "Serán titulares del derecho a la participación en las ganancias las personas trabajadoras que posean una antigüedad mayor a tres meses y que hayan prestado servicios en empresas con fines de lucro".
Según comunicó el oficialista, los principales puntos del proyecto son los siguientes:
Por último, respecto al pago de esas ganancias a los empleados, el proyecto establece: "El porcentaje de participación en las ganancias de las personas trabajadoras será del DIEZ (10) porciento de las ganancias netas de la empresa una vez realizadas las deducciones admitidas por la normativa vigente".
Y añade: "La participación en las ganancias de las personas trabajadoras será abonada anualmente dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días posteriores a la presentación anual de la declaración del impuesto a las ganancias".