La Corte sostuvo entonces que “el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad” y ordenó reintegrar las sumas retenidas a una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, cuyos descuentos llegaban al 31,94% de sus ingresos.
La resolución fue firmada el pasado 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, quien además dispuso que, cuando las cámaras federales rechacen de manera sistemática las apelaciones del organismo, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias sobre la cuestión de fondo.
En esos casos, ARCA solo continuará litigando aspectos vinculados a honorarios y costas judiciales, para “no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional”.
De todos modos, la nueva directiva no alcanzará a las causas impulsadas por asociaciones o colegios que carezcan de legitimación activa, ni tampoco a expedientes donde el organismo considere que existen circunstancias particulares capaces de revertir el criterio judicial vigente.
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