También fue prohibida otra marca de aceite de oliva: Los nobles. En la disposición 5216/2019 se anunció que no cumple con la normativa alimentaria vigente, por lo que la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria (ASSAI) estableció la alerta alimentaria y ordenó la prohibición de su elaboración, tenencia, fraccionamiento, transporte, comercialización y exposición del producto. "Por estar falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento importador y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal", se argumentó en el considerando.
Por último, en la disposición 5217/2019 se prohibió la venta del "Maní tostado con cáscara", marca Carmani. Al igual que en el anterior caso, carece de "autorizaciones de establecimiento y de producto y está falsamente rotulado, resultando ser en consecuencia ilegal".
En el considerandos se explicó: "Por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284″.