"El ex Directivo de OSDE y hoy Funcionario del gobierno de Javier Milei al frente de la SSSALUD está mintiendo.
3 aclaraciones al respecto:
- Esta decisión tiene efecto solo para el caso puntual en cuestión.
- No tiene un efecto derogatorio de la norma.
- La SSSALUD no recobra ninguna facultad de intervención en el valor de las cuotas.
1. El efecto de un reclamo colectivo se extiende sobre todas las personas que estén comprendidos en el colectivo. En este caso los miles de afiliados de OSDE adheridos al reclamo. Además servirá como antecedente para los reclamos de los más de dos millones de afiliados a OSDE.
2. Ninguna declaración de inconstitucionalidad tiene efecto derogatorio. No obstante, este fallo de la justicia federal determinó que el Poder Ejecutivo violó la Constitución por reformar el marco normativo de las prepagas por vía de decreto cuando debió actuar el Congreso.
3. El fallo refiere textualmente que la SSSALUD readquiere la facultad de intervenir en la determinación de las cuotas conforme el marco normativo vigente hasta la modificación ilegal que realizó el gobierno.
Consecuentemente el fallo de la Justicia federal de Paraná será un antecedente que utilizarán los afiliados, para cuestionar al acuerdo ilegal entre el gobierno y las prepagas que permitió los aumentos “libres” desde julio y que afectó su derecho a la salud."
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