"Está orientado por los objetivos que una política sanitaria en este campo debe seguir: garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las personas y los derechos de pacientes; basarse en evidencia científica actualizada; proteger y acompañar a los equipos de salud como responsables de atender la salud de la población; y orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan", detalla el escrito.
"Desde el punto de vista clínico, el protocolo incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral, reforzando la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos", agrega.
En el documento de 79 páginas se destaca la mención a la diversidad de género: "El derecho a ILE, establecido en el art. 86 del Código Penal, corresponde a toda las personas con capacidad de gestar (niñas, adolescentes, mujeres, varones trans, personas no binarias, etc.)".
Establece que debe prevalecer la decisión de la persona ante la posición de los médicos e incluye a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género.
En cuanto a la aplicación, determina que "para la realización de una ILE nunca es exigible la denuncia policial o judicial de violación".
Por último, establece que "deberá ser actualizado cuando los estándares clínicos y el avance del progreso científico introduzcan nuevas evidencias. Estas modificaciones deberán ser siempre progresivas, dado que mejorar la vida y la salud de las personas requiere de bases científicas cada vez más sólidas y de un reconocimiento de derechos cada vez más integral e inclusivo".
El protocolo del aborto 2019 publicado en el Boletín Oficial by Urgente24 on Scribd
Anexo completo sobre el Protocolo del aborto no punible 2019 by Urgente24 on Scribd