La decisión del TOF 4 fue adoptada luego de que, a mediados de febrero, la Cámara Federal de Casación penal homologara la prórroga de la prisión preventiva por un mes, pero ordenara evaluar la posibilidad de morigerar las condiciones de detención, lo que llevó a una nueva discusión que devino en el fallo de este lunes.
En ese punto radica otra de las cuestiones sobre las que ya trabaja la defensa de Martín Báez: la prórroga de la prisión preventiva concluyó hace 7 días, por lo que, para extenderla, el tribunal debería dictar una nueva resolución que otra vez debería ser homologada por Casación.
La decisión de imponer a Martín Báez una caución de 531.437.500 pesos fue aprobada con los votos de una mayoría compuesta por los jueces Néstor Costabel y Adriana Palliotti, mientras que la tercera jueza del tribunal, Gabriela López Iñiguez, no propició la imposición de semejante suma.
"Resulta ajustado a derecho en el presente caso morigerar las condiciones de detención de Martín Antonio Báez mediante la aplicación de medidas de coerción alternativas establecidas en el art. 210 del C.P.P.F. y de manera proporcional a los peligros procesales vigentes. De tal modo, corresponden imponer al nombrado Báez: la prestación por sí o por un tercero de una caución real por la suma de $ 531.437.500 (quinientos treinta y un millones cuatrocientos treinta y siete mil quinientos pesos)", sostuvieron Costabel y Palliotti, quienes también consideraron oportuno someter al imputado al cuidado o vigilancia del "Programa de Asistencia a Personas Bajo Vigilancia Electrónica del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos", ello mediante la colocación de un dispositivo de monitoreo electrónico.
El 24 de febrero pasado, el TOF 4 condenó a Martín Antonio Báez a la pena de 9 años de prisión y multa de siete veces el monto de las operaciones acreditadas, por considerarlo coautor del delito de lavado de activos agravado.