Creación del Consejo de Seguridad Nacional
El proyecto crea un Consejo de Seguridad Nacional que estará encabezado por el Presidente e integrado de manera permanente por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, la SIDE y la Secretaría Legal y Técnica. Tendrá a su cargo la coordinación estratégica de las áreas diplomática, económica, militar, jurídica, cibernética y de inteligencia, además de intervenir en la protección de infraestructuras críticas.
El Consejo deberá asistir al Presidente en todo lo vinculado a la Seguridad Nacional, elaborar y elevar la Política de Seguridad Nacional al Poder Ejecutivo para su aprobación, y aprobar las políticas sectoriales de los distintos integrantes del sistema. También será responsable de elaborar la Estrategia Nacional y el Plan Nacional de Seguridad de Infraestructuras Críticas.
Entre sus facultades, podrá tomar medidas económicas frente a amenazas externas. Ante un riesgo grave e inminente, podrá restringir operaciones cambiarias y bancarias, importaciones y exportaciones, contratos y beneficios estatales, bloquear temporalmente activos y elevar hasta 75% los derechos de importación y exportación aplicables al Estado extranjero involucrado. Esas medidas deberán estar fundadas, tener un plazo determinado y cesar cuando desaparezcan las circunstancias que las originaron.
Uso de la fuerza y protección del espacio aéreo y marítimo
Ante una aeronave considerada hostil se establece una secuencia que va desde su identificación y advertencia hasta la demostración de fuerza y, como último recurso, el uso de la fuerza por orden expresa del Presidente, facultad que podrá delegar en el ministro de Defensa. Para buques se contemplan medidas progresivas que incluyen persecución, inspección, disparos de advertencia e inutilización.
El hundimiento será excepcional y requerirá autorización presidencial, y estará prohibido como sanción contra un buque civil o simplemente para impedir su fuga. El proyecto también amplía la Defensa Nacional frente a amenazas externas e influencia extranjera, cambia la Ley de Defensa para incluir amenazas estatales y no estatales, incluso de carácter no cinético, y permite emplear a las Fuerzas Armadas para proteger infraestructura crítica.
Restricciones a la influencia extranjera y nuevos delitos
Se prohibirán aportes de extranjeros sin residencia permanente y de personas jurídicas extranjeras a partidos y campañas políticas. También se incorporarán delitos por revelar secretos a Estados o servicios de inteligencia extranjeros, colaborar materialmente con operaciones clandestinas de inteligencia y realizar, por cuenta o con financiamiento extranjero, acciones destinadas a alterar procesos electorales o manipular la opinión pública mediante campañas coordinadas de desinformación masiva, así como promover o financiar actos de violencia o sabotaje.
El proyecto completa el esquema con una redefinición de la Defensa Nacional frente a amenazas externas estatales y no estatales y con la incorporación por ley del RePET, que contempla la inmovilización de bienes y la prohibición de operaciones económicas o financieras con personas y entidades inscriptas por su vinculación con el terrorismo o su financiamiento.
Tras el envío de la ley al Congreso, el Ejecutivo le pidió a la dirigencia política "poner en pausa otras discusiones" para priorizar el tratamiento del paquete de medidas. "Todo lo que se hizo en el pasado resultó ineficaz e insuficiente para defender de manera efectiva la causa Malvinas", remarcó Milei. "No podemos darle el lujo a quienes usurpan nuestro territorio de no trabajar juntos para la recuperación de nuestras Islas Malvinas que son y serán argentinas", expresó Milei en una carta difundida por redes sociales.