Además, calificó el cuidado de la tierra misionera como “un deber irrenunciable con nuestra soberanía y con nuestra gente”.
Además había anticipado que las acciones se llevarían adelante “en cada oportunidad y por todas las vías correspondientes”.
Misiones
El Decreto N.º 1935 firmado por el gobernador da cuenta que el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 70/2023, en su artículo 154, deroga la Ley N.º 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.
En ese aspecto, indica que el fallo de la Corte Suprema dictado en la causa “C.E.C.I.M. La Plata c/ PEN s/ amparo ley 16.986” tuvo como consecuencia la inmediata vigencia de ese artículo. De esta manera, la Provincia queda en una situación de absoluta desprotección legal y vulnerabilidad institucional ante la libre adquisición de su territorio por parte de personas extranjeras.
El documento oficial señala que la vigencia del DNU N.º 70/2023 impacta de manera directa y lesiva sobre la autonomía y la soberanía territorial, las finanzas públicas y el entramado económico-social de la Provincia.
También advierte que la norma altera sustancialmente las reglas que rigen sectores estratégicos para el desarrollo provincial y lesiona la integridad territorial, el control de los recursos naturales y cuestiones de seguridad provincial y municipal, entre otras.
Por ello, el Gobierno de Misiones considera necesario ejercer el legítimo derecho de defensa de los intereses de la provincia y efectuar las acciones judiciales que correspondieren.
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