La "Magia de París" no llegó a Misiones: Hugo Passalacqua a la Justicia por la Ley de Tierras

El gobernador Hugo Passalacqua instruyó al fiscal de Estado a iniciar acciones judiciales para resguardar los derechos de Misiones sobre su territorio.

Mientras el Ejecutivo Nacional festejaba la "Magia de París" (supuestos acuerdos con gobernadores para eliminar las PASO, un ejercicio de prostipolítica), el gobernador Hugo Passalacqua instruyó al Fiscal de Estado a iniciar acciones judiciales para resguardar los derechos de la provincia sobre su territorio.

Es consecuencia del reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que habilita la libre adquisición de tierras rurales por parte de extranjeros. La medida se formalizó mediante el Decreto N.º 1935, que advierte sobre la situación de desprotección legal que genera la vigencia del DNU N.º 70/2023.

Es una obviedad que la Corte Suprema subestimó el fallo, no consideró el delicado momento emergente de "las Malvinas son argentinas" y tiene un termómetro dañado para aplicar a la política coyuntural.

El gobernador Hugo Passalacqua explicó que la decisión responde al reciente fallo de la CSJN que habilita la libre adquisición de tierras a extranjeros, y sostuvo que la medida se mantiene «fiel a la postura que siempre sostuvimos en defensa de nuestro territorio y recursos naturales».

El fundamentó correctamente su decisión: la geografía de la provincia (“con más del 90% de frontera internacional, una biodiversidad única en el país y una matriz económica que pone al pequeño productor en el centro, no podemos permitir que nuestro suelo quede desprotegido”).

Además, calificó el cuidado de la tierra misionera como “un deber irrenunciable con nuestra soberanía y con nuestra gente”.

Además había anticipado que las acciones se llevarían adelante “en cada oportunidad y por todas las vías correspondientes”.

Misiones

El Decreto N.º 1935 firmado por el gobernador da cuenta que el Decreto de Necesidad y Urgencia N.º 70/2023, en su artículo 154, deroga la Ley N.º 26.737 de Régimen de Protección al Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de las Tierras Rurales.

En ese aspecto, indica que el fallo de la Corte Suprema dictado en la causa “C.E.C.I.M. La Plata c/ PEN s/ amparo ley 16.986” tuvo como consecuencia la inmediata vigencia de ese artículo. De esta manera, la Provincia queda en una situación de absoluta desprotección legal y vulnerabilidad institucional ante la libre adquisición de su territorio por parte de personas extranjeras.

El documento oficial señala que la vigencia del DNU N.º 70/2023 impacta de manera directa y lesiva sobre la autonomía y la soberanía territorial, las finanzas públicas y el entramado económico-social de la Provincia.

También advierte que la norma altera sustancialmente las reglas que rigen sectores estratégicos para el desarrollo provincial y lesiona la integridad territorial, el control de los recursos naturales y cuestiones de seguridad provincial y municipal, entre otras.

Por ello, el Gobierno de Misiones considera necesario ejercer el legítimo derecho de defensa de los intereses de la provincia y efectuar las acciones judiciales que correspondieren.

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