Así las cosas, este viernes el Juzgado Contencioso Administrativo N°10 se declaró competente y requirió informes sobre los hechos al Poder Ejecutivo, que tendrá cinco días a partir de su notificación para realizarlos.
El Estatuto de Télam
Es importante aclarar que el Estatuto de Télam establece que su liquidación sólo podrá ser resuelta por el Poder Ejecutivo Nacional, previa autorización legislativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley N°20.705, por lo que para Unión por la Patria “se interpreta que el Poder Ejecutivo Nacional avanza de hecho, sin ningún acto administrativo, sin reforma Estatutaria, sin ley. Hablan de libertad, pero lo único que hicieron estos tres meses fue cercenar derechos”.
“Este desguace y desregulación está presente en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/23, por eso el presidente está tan interesado en siga vigente. Y mientras eso suceda, va a avanzar con la privatización de todas las Sociedades del Estado. La inseguridad jurídica que instaura el Gobierno nacional cerrando el Congreso y gobernando por decreto, nos exige a los representantes del Poder Legislativo ponerle un límite a esta autocracia”, disparó la legisladora nacional Juliana Di Tullio.