Además, en el planteo, la Defensa Pública expuso que de las cuatro mil detenciones que hubo entre julio y agosto, solamente una persona tenía un pedido de captura activo, lo que desbarata la idea de que es una política eficaz para la seguridad urbana. Por eso, Riccardi denunció que las detenciones se realizan con un criterio selectivo que refuerza patrones discriminatorios, sobre personas en estado de vulnerabilidad y por portación de cara.
Aunque los arrestos para averiguación de antecedentes están amparados por la ley santafesina, pero Salvador entendió que para detener en estas condiciones tiene que haber indicios o sospechas ciertas de la comisión de un delito. Para el camarista no se puede considerar un acto de resistencia si una persona no tiene el documento, porque la no portación no es motivo suficiente para resistir la identificación.
Por último, Salvador rechazó otros dos planteos de la Defensa Pública. El funcionario dijo que el hábeas corpus no era la vía idónea para tramitar el pedido que hace la defensa. Además, el camarista rechazó declarar inconstitucional el artículo de la polémica para no interferir con una decisión legislativa impulsada, ya que esta ley fue aprobada en mayoría por el Congreso de Santa Fe.
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