Scapolan, ex agente fiscal de la Unidad Funcional de Investigaciones Complejas de San Isidro, recusó a la jueza federal Sandra Arroyo Salgado.
El planteo se basó en la sospecha de parcialidad para conocer en el caso, generado a partir de la falta de inhibición inmediata y consecuente actuación de la magistrada como directora de este proceso luego de que se la denunciara como encubridora de las maniobras investigadas en el caso.
En ese sentido, un testigo de identidad reservada había denunciado: “... Quiero dejar constancia que si me llega a pasar (...) algo se lo atribuyo a la jueza Salgado quien encubrió todo esto desde el comienzo”.
A su vez, refirió que “Scapolan se encargaría de que cuando las causas pasan a la jurisdicción federal de San Isidro ‘tuvieran problemas’. Con esto me refiero que podría ser de alguna forma el fiscal Scapolan hablase con el juzgado para que en esos hechos no se investigue a los funcionarios policiales ni al fiscal provincial, el policía no me dijo si eso se hacía con dinero o con contactos, supongo yo que podría ser de cualquiera de las dos formas. (...) según dichos de Scapolan, la fiscalía de Complejos de San Isidro tenía contactos con la jueza federal para que nos e investigase a fondo…”.
Arroyo Salgado
La jueza federal recusada no desconoció el tenor de la denuncia efectuada por el testigo de identidad reservada, pero rechazó los términos de la recusación por considerar que los motivos alegados por Scapolan eran una reedición de argumentos ya abordados y resueltos.
Para ello, repasó los antecedentes relevantes entre los que mencionó la existencia de un par de denuncias previas en su contra efectuadas también por el testigo de identidad reservada que tramitaron por carriles diversos y fueron desestimadas,
- en un caso, mediante el archivo dispuesto por el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional de Tres de Febrero (04/07/2016) y,
- en el otro, por la decisión del Consejo de la Magistratura de la Nación (17/03/2017).
Tras ello, la Sala I de la Cámara Criminal y Correccional Federal de San Martín denegó la recusación por considerar que el principal argumento de la defensa ya había sido abordado y resuelto por ese mismo tribunal en una oportunidad anterior.
La defensa apeló esa decisión hasta llegar a la Corte que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo porque no se dirigió contra una sentencia definitiva o equiparable a tal.
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