“El Estado mediante este DNU ha conseguido transferirle las cargas de su fallida política económica a los más necesitados”, dijo Segura en su fallo.
En su resolución, el magistrado además utilizó lenguaje inclusivo y cuestionó duramente al decreto del Presidente: "¿Puede un DNU establecer una norma menos beneficiosa para lxs trabajadorxs? ¿Puede un DNU determinar su aplicación retroactiva?". Y dijo que respondería a ambas preguntas " en forma negativa" por "el manifiesto carácter burdo que tiene esta norma, impropia del Estado de Derecho, seguramente urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General".
El fallo determina que las aseguradoras deberán abonarle a Fernández lo que le corresponde según el origen de la demanda y a valores actuales, y declara explícitamente “la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 3º del decreto 669/2019”.
El lunes 30 de setiembre y de manera sorpresiva Mauricio Macri publicó en el Boletín Oficial un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que redujo, de manera retroactiva, las indemnizaciones por invalidez resultantes de los accidentes de trabajo.
En el decreto, firmado por Macri y todo el Gabinete, se argumenta que existen "incrementos desmedidos de las potenciales indemnizaciones" al realizar el cálculo con el actual índice.
Con esta medida se toma en cuenta el Ripte (Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables), un índice menor a la del Banco Nación que hasta ese momento era tomado como parámetro.
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