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Avanza resarcimiento a víctimas de ataque montonero de 1975

Ya tiene la sanción de Diputados y resta que lo apruebe el Senado. Se trata de un resarcimiento económico por única vez a los familiares de los militares y policías que murieron en el ataque montonero de 1975 al Regimiento de Infantería de Monte Nº 29, de Formosa. Además se aprobó otro beneficio para los presos políticos de la última dictadura militar.

CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24).- El proyecto para resarcir a las víctimas del ataque montonero del 5 de octubre 1975 al Regimiento de Infantería de Monte Nº 29 29 "Coronel Ignacio Warnes", de la provincia de Formosa, pertenece al diputado radical Ricardo Buryaile y fue aprobado en la sesión de este miércoles 28/11 de la Cámara baja con 117 votos a favor, 15 en contra y 64 abstenciones.

El beneficio alcanza a los familiares de las 30 personas fallecidas, entre los que se cuentan a efectivos militares, policiales guerrilleros y civiles.

Según la nómina que informa la agencia DYN entre los beneficiarios se encuentran los familiares de los militares: Ricardo Massaferro, Víctor Sanabria, Antonio Arrieta, Heriberto Avalos, José Coronel, Dante Salvatierra, Ismael Sánchez, Tomás Sánchez, Edmundo Sosa, Marcelino Torantes, Alberto Villalba y Hermindo Luna.

Ademas Los familia los policías Pedro Alegre y Felipe Ibáñez; y los civiles Celso Pérez y Mamerto Cáceres.

El proyecto aprobado establece que se "otorgue por única vez un beneficio extraordinario a quienes fallecieran como consecuencia del ataque al Regimiento, en vigencia de un gobierno democrático".

En la misma reunión, Diputados aprobó otro resarcimiento para ex presos políticos. Se trata del proyecto del diputado Juan Carlos Díaz Roig, (FpV- Formosa) que propone establecer un régimen reparatorio para ex presos políticos de la República Argentina, que durante el período del 24 de marzo de 1976 al 10 de diciembre de 1983, hayan sido privados de su libertad en condición de civiles y/o militares, condenados por un Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, y/o privados de su libertad.

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Tales situaciones, generadas por el accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, por causas políticas, gremiales o estudiantiles.

Según lo explica el proyecto, la pensión graciable sería de carácter independiente de cualquier otra reparación, sin perjuicio de la indemnización que a cualquier persona afectada le correspondiera, por daño moral, físico y/o psicológico a consecuencia de la tortura institucionalizada y la reclusión prolongada y vejatoria a la que haya sido sometida.

Asimismo, no serían comprendidas las personas que resultasen beneficiarias de una prestación nacional, provincial o municipal de la misma naturaleza y emanadas de las mismas situaciones, quedando a su criterio el derecho de poder optar por una u otra pensión.

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