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Alerta Sofía: Qué propone la reforma que podría cambiarlo todo

Un proyecto impulsado por Nicolás Trotta busca agilizar la activación de la Alerta Sofía para reducir los tiempos de búsqueda de niños y adolescentes.

Un nuevo proyecto de ley busca terminar con las demoras que, según sus impulsores, debilitan al Sistema de Alerta Rápida "Alerta Sofía". La iniciativa, presentada por el legislador de Unión por la Patria Nicolás Trotta, propone establecer tiempos máximos de activación y crear un mecanismo automático para los casos en que la autoridad competente no actúe dentro del plazo previsto.

El objetivo central es claro: achicar la brecha entre la desaparición de un niño, niña o adolescente y el inicio efectivo de la búsqueda, un lapso que los especialistas consideran determinante para el desenlace del caso.

¿Qué plazos propone el proyecto?

La reforma fija tres escalas temporales según el nivel de riesgo y la edad de la persona desaparecida:

  • Hasta 2 horas en situaciones catalogadas como de alto riesgo.
  • Hasta 4 horas cuando se trate de menores de 14 años.
  • Hasta 8 horas para adolescentes de entre 14 y 17 años.

Si esos tiempos se cumplen sin que exista una resolución fundada por parte de la autoridad competente, el proyecto dispone que la alerta se active de forma automática, sin necesidad de un nuevo trámite o autorización adicional.

La activación automática, el corazón de la reforma

Este punto es el más innovador de la propuesta. Busca evitar que la decisión de buscar a un menor quede sujeta a la discrecionalidad de un funcionario o a la lentitud administrativa.

En los fundamentos del proyecto, Trotta fue contundente: "La desaparición de un niño no admite demoras burocráticas. Cada hora que se pierde reduce las posibilidades de un desenlace favorable. La próxima búsqueda no puede depender de la discrecionalidad de un funcionario ni del paso innecesario de horas críticas".

Presunción de alto riesgo: los casos que activan la alerta sin trámites

El proyecto también incorpora una "presunción legal de alto riesgo" para determinadas situaciones, lo que simplifica y acelera la respuesta estatal. Esta presunción aplica cuando:

  • La persona desaparecida es menor de 14 años.
  • Existen indicios de violencia, trata o traslado ilegítimo.
  • El niño o adolescente tiene una discapacidad o requiere medicación permanente.

En estos escenarios, si un funcionario decide no activar la "Alerta Sofía", deberá justificarlo por escrito mediante un acto fundado. Además, la ley prohíbe explícitamente usar antecedentes de fugas o ausencias previas como excusa para demorar o negar la búsqueda, un punto que hoy suele operar como freno informal en la práctica.

Más actores habilitados y sanciones para quien incumpla

La iniciativa amplía el universo de personas que pueden solicitar la activación del protocolo y refuerza los canales de difusión inmediata: telefonía móvil, medios de comunicación y plataformas digitales quedan integrados como herramientas obligatorias de alerta masiva.

También prevé sanciones para los funcionarios que no respeten los plazos o las obligaciones que fija la norma, un mecanismo pensado para dar peso institucional real a los tiempos establecidos.

El dato que motiva la reforma

El diagnóstico que sostiene el proyecto se apoya en un número contundente. Según los fundamentos presentados por Trotta, la Alerta Sofía "se activó solo diez veces entre marzo de 2019 y mediados de 2026", es decir, apenas poco más de una vez por año desde su creación.

Para el legislador, esa cifra expone una falla estructural: un sistema pensado para actuar con rapidez terminó usándose de manera excepcional, muchas veces por trabas administrativas antes que por ausencia de casos que lo ameritaran.

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