De acuerdo con los datos provistos por la Secretaría de Medios a la ADC, al tope de las erogaciones del año 2008 en este rubro se ubica el diario Página/12, con un total de 29.342.221 pesos, diario que ocupaba el segundo puesto el año pasado y que no se encuentra auditado por el Instituto Verificador de Circulaciones (IVC). El segundo lugar corresponde al diario Clarín, el diario de mayor circulación en el país de acuerdo al IVC, con 27.197.834 pesos. Le sigue un proveedor denominado "Aste/Vere/Med/Ag./News/7dia", que incluye a varios medios, con 13.455.124 pesos. La Nación, el segundo diario nacional en términos de circulación, bajó al cuarto puesto con
12.469.345 pesos.
Del cuadro anterior se desprende que el proveedor que más creció entre 2006 y 2008 fue el que aparece bajo la denominación Aste/Vere/Med/Ag./News/7dia, y que en años anteriores figuraba como La U. De acuerdo a información proporcionada a la ADC por la Secretaría de Medios en el año 2007 este proveedor abarca distintos medios.*22 Sus ingresos por pauta estatal se incrementaron un 680 por ciento entre 2006 y 2008 y un 182
por ciento entre 2007 y 2008.
Otro proveedor que ha experimentado un notable aumento de la pauta oficial es el diario Buenos Aires Herald, con una variación del 524 por ciento entre 2006 y 2008 y del 485 por ciento del 2007 al 2008. De igual modo se destacan los incrementos de pauta en Diario Popular (135 por ciento entre 2007 y 2008 y 303 por ciento entre 2006 y 2008), y en Crónica (62 por ciento entre 2007 y 2008 y 258 por ciento entre 2006 y 2008) que ocupan respectivamente el sexto y quinto lugar en la lista de mayores proveedores en gráfica. Según cifras del Instituto Verificador de Circulaciones (IVC), Diario Popular viene experimentando un crecimiento sostenido en los últimos años.*23 Crónica y The Buenos Aires Herald no están auditados por el IVC.
La ADC considera que la circulación no debe ser la única razón para pautar en un medio, pero constituye un buen parámetro de comparación frente a la ausencia de otros criterios claros. De todos modos, no hay datos ciertos sobre la circulación de los medios no auditados, lo que por sí genera una práctica cuestionable ya que es difícil pensar que la Secretaría de Medios hace la planificación cuidadosa que dice efectuar si carece de este dato elemental.
Por otro lado, cabe reiterar, como ya lo hemos hecho en otros informes, la dificultad para conocer con precisión el monto exacto distribuido a cada medio debido a la forma en que la Secretaría de Medios entrega la información. Así, hay medios que están considerados individualmente mientras que otros figuran como proveedores que engloban a un grupo de medios.
Es el caso, por ejemplo, de Producciones Publiexpress, que es un grupo editorial que involucra a distintas revistas; del proveedor que en las planillas 2008 figura como Aste/Vere/Med/Ag./News/7dia, y que en planillas entregadas por la Secretaría de Medios en 2007 aparecía como La U abarcando a distintos medios gráficos como las revistas Newsweek, 7 Días y Veintitrés; o de Manucorp S.A., que edita diversas publicaciones como 7 Días, Contraeditorial, Veintitrés y Veintitrés Internacional, según consta en las mismas publicaciones. También es el caso de los proveedores que figuran bajo los nombres Realle Dala Torre Consult. SA y Seller SA. La ADC efectuó un pedido a la
Secretaría de Medios con el objeto de obtener el desagregado del gasto y determinar a qué medios se destinó efectivamente la pauta publicitaria a través de varios proveedores durante el primer semestre de 2008 que no fue aún contestado.*24 En 2007 la ADC había efectuado un pedido similar con el mismo propósito.*25
Cómo ya se sostuvo en el documento "Principios Básicos para la Regulación de la Publicidad Oficial", la ADC considera que la información sobre los gastos relativa a la pauta estatal –por su relevancia- debiera ser transparente y estar disponible para cualquier interesado de un modo que sea fácilmente entendible. Esto es así ya que la decisión de otorgar fondos para publicidad oficial debe tomarse de modo justificado y que permita el control público.
En cuanto a la distribución geográfica en este rubro, se destaca nuevamente la escasa presencia de diarios provinciales entre los principales proveedores del Estado. Dentro de los primeros 15, sólo aparecen los diarios Diagonales, de La Plata, y La Voz del Interior, de Córdoba. El resto de los grandes diarios del interior del país (entre los que se encuentran La Gaceta, de Tucumán; Río Negro, de Río Negro y Neuquén; El Tribuno, de Salta; y Los Andes, de Mendoza, entre otros) aparecen después de la ubicación número 15.
Al tomar los 60 primeros proveedores, que representan el 90,5 por ciento del total invertido en este rubro, encontramos que los medios editados en la Ciudad de Buenos Aires -que incluyen a varios de distribución nacional- recibieron 120.951.607 pesos (el 89,8 por ciento), y los medios provinciales, 13.761.611 pesos (el 10,2 por ciento).
Finalmente, el diario Perfil recibió 171.198 pesos, repartidos entre agosto y diciembre de 2008. En informes anteriores la ADC había señalado la ausencia injustificada de pauta estatal en el diario Perfil y la revista Noticias al ser comparados con medios gráficos análogos.26 En febrero de 2009, la sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal falló en la causa que la Editorial Perfil había iniciado en 2006 contra el Estado Nacional27 y sostuvo que el PEN violó la libertad de expresión al excluir de la pauta oficial a publicaciones de Perfil en castigo por no ser "afectas al gobierno de turno". De este modo, los magistrados revocaron un fallo de primera instancia y ordenaron al Estado
colocar avisos oficiales en los medios de la editorial en un plazo de quince días.28 El Estado apeló por medio de la presentación de un recurso extraordinario el 24 de febrero de 2009.*29
b. Televisión
Como ya aclaráramos en informes anteriores, los montos informados por la Secretaría de Medios con relación al gasto publicitario estatal en medios de radio y televisión no son necesariamente los montos efectivamente invertidos y facturados a los medios de comunicación. La explicación para dicha situación se halla en que existen avisos que el Estado solicita pero que finalmente no se emiten, por razones diversas (entre ellas, que un canal televisivo decida no ir al corte comercial porque la medición de rating del momento le resulta favorable). Si la publicidad no se emite, el Estado no paga la colocación del aviso. Por otra parte, el Estado puede tardar un tiempo considerable en abonar las publicidades emitidas, llegando a pagar hasta en años diferentes. Esto significa que los cifras analizadas a continuación corresponden a lo ordenado y no a lo efectivamente abonado por el Estado a cada proveedor.
A continuación, los 15 primeros destinatarios de pauta estatal en el rubro Televisión durante el año 2008, y las variaciones producidas con relación a los datos de 2006 y 2007.
Los medios se consignan con el nombre de proveedor que consta en las planillas entregadas a la ADC.
Al tope de estos primeros 15 lugares -que representan el 89,4 por ciento del total invertido en el rubro Televisión en 2008- se encuentra Canal 13, con 16.717.810 pesos. Lo siguen América, con 12.338.894 pesos, Azul Televisión, con 11.480.998 pesos, Canal 11, con 10.732.316 pesos y Canal 7, con 7.132.629 pesos. En orden descendente aparecen una serie de productoras o intermediarias: Xesalud S.A., Rodear Producciones, Xes Planet S.R.L., Pub. Estática Internacional, Media & Media y Antaxus S.A.
Canal 13 y Canal 11 fueron los canales de mayor rating durante 2008. Según datos que publica el sitio especializado television.com.ar30, Telefé tuvo un rating acumulado de 11.4 puntos en 2008, seguido por Canal 13 con 11.3 puntos. Tercero quedó Canal 9, con 5.5, y América se ubicó cuarto lugar con 4.2 puntos. En el llamado prime time (la franja de 20 a 24 horas), el primer lugar lo ocupó Canal 13, con un promedio de 19.2 puntos, seguido por Canal 11, con un promedio de 14.7 puntos. Canal 9 quedó tercero con 5.3 puntos, mientras
que América se ubicó cuarto con 3.9 puntos. Si bien el rating no es el único criterio posible para explicar las asignaciones de pauta oficial –de hecho, no debería ser el único criterio-*31 constituye un buen parámetro de comparación en ausencia de otros criterios claros, que correspondería explicitar.
c. Radio
Estos son los primeros 15 proveedores en el rubro Radio, correspondientes al año 2008.
Los medios se consignan con el nombre de proveedor que consta en las planillas entregadas a la ADC.
Al tope de la lista se encuentra Radio 10/La Mega (con 3.523.604 pesos, registrando un aumento de la pauta del 97 por ciento con respecto al año 2006 y un 7 por ciento por sobre 2007), seguido de cerca por la productora Rodear Producciones (3.238.147 pesos, con un incremento del 129 por ciento sobre 2006 y una disminución del 29 por ciento en relación a 2007) y por Radio Mitre en tercer lugar (2.745.493 pesos, con una suba del 55 por ciento en relación a 2006 y una caída del 27 por ciento en relación a 2007).
En el análisis correspondiente a todo 2007, los mismos proveedores encabezaban la lista pero en distinto orden: primero Rodear Producciones, luego Radio Mitre y en tercer lugar Radio 10/La Mega. Radio Nacional se destaca como el único proveedor dentro de esta lista con una caída acumulada entre 2006 y 2008.
d. Cable
Estos son los principales 15 destinatarios de publicidad oficial en Cable, mencionados con el nombre de proveedor con el que figuran en las planillas provistas por Télam.
Tanto en el rubro Cable como en Televisión y Radio se observa una gran proporción de productoras o agencias intermediarias, lo que se explica por el fenómeno del "loteo" de los medios de comunicación, práctica que consiste en alquilar espacios de aire en canales o radios.
e. Distribución geográfica y principales proveedores provinciales
Para analizar la distribución geográfica de la pauta estatal se tomó en cuenta sólo la inversión publicitaria "directa", es decir, aquella que se contrata directamente con los medios de comunicación y no se canaliza a través de empresas productoras, agencias de publicidad o intermediarios, para los rubros Gráfica, Radio, TV y Cable. La exclusión de las empresas intermediarias se debe a que la ADC no puede conocer a priori a qué medios se dirigieron los avisos que se canalizaron a través de dichos intermediarios y, por ende,
determinar su origen geográfico.*32
Así, se verificó que, al igual que en años anteriores,*33 durante el año 2008 la inversión publicitaria directa tendió a concentrarse mayoritariamente en medios que se editan en la Ciudad de Buenos Aires –incluyendo a los de distribución nacional-, mientras que el porcentaje que se dirigió a medios provinciales fue relativamente bajo.
De los 396.307.367 pesos que se invirtieron entre enero y diciembre de 2008, el PEN destinó 238.428.084 pesos para 358 proveedores "directos": el 88 por ciento de ese monto se destinó a medios que se editan en la Ciudad de Buenos Aires, lo que incluye a varios de distribución nacional y a los estatales Radio Nacional y Canal 7.*34 El porcentaje restante fue destinado a proveedores "directos" de las distintas provincias.
En cuanto a los proveedores provinciales, esta es la lista de los primeros 15 medios provinciales que recibieron publicidad oficial del gobierno nacional en forma "directa" (sin intermediarios) durante 2008:
Entre los primeros 15 proveedores provinciales directos se destacan el grupo Uno Medios, que posee medios televisivos, radiales y gráficos en varias provincias;*36 medios gráficos de la provincia de Buenos Aires (como Diagonales, Diarios Bonaerenses S.A., Hoy en la Noticia y El Día) y algunos de los principales diarios del interior como El Litoral, La Gaceta, Los Andes, Río Negro, La Voz del Interior. Resalta la inversión realizada en El Periódico de Río Gallegos, el décimo proveedor provincial directo, que aparece recibiendo pauta en cable, gráfica y radio. En informes anteriores la ADC ya destacaba la
alta inversión relativa recibida por la provincia de Santa Cruz en comparación con otras provincias de mayor cantidad de habitantes.
7- HACIA UNA NECESARIA REFORMA LEGAL
El manejo discrecional de la pauta publicitaria impacta negativamente sobre la libertad de expresión cuando se la usa para beneficiar a los medios de comunicación afines y para acallar las voces críticas. Bien utilizada, en cambio, la publicidad oficial puede ser un instrumento importante en la gestión y comunicación de políticas públicas, la promoción de derechos y el impulso a la participación ciudadana, así como un mecanismo para dar visibilidad a las acciones del gobierno y las instituciones. Para ello, es necesario que la pauta del Estado cuente con una legislación adecuada que regule su producción, su
contratación y distribución mediante reglas objetivas, su publicidad, transparencia y control externo.
Durante 2008 fueron presentados diversos proyectos de ley sobre publicidad oficial en el Congreso Nacional, que se suman a iniciativas de años anteriores. Desafortunadamente, el trámite legislativo de estas propuestas no avanzó. También fueron presentadas numerosas propuestas legislativas en los niveles municipal y provincial, y fue precisamente en las provincias donde se observaron mayores avances hacia una reforma legal.
La necesidad de establecer reglas claras y precisas también fue considerada por la Corte Suprema Justicia de la Nación -al pronunciarse nuevamente en relación al caso del diario Río Negro en 2008- y por la Auditoría General de la Nación, en un informe relativo al funcionamiento de la Secretaría de Medios de la Nación.
El caso Río Negro. En el año 2007, la Corte Suprema de Justicia sentó importantes principios sobre la necesidad de establecer reglas claras para la contratación de publicidad oficial al fallar en el caso del diario Río Negro, el 5 de septiembre de 2007.*37 En dicho fallo la Corte ordenó a la provincia de Neuquén a presentar un esquema de distribución que no sea discriminatorio y que respete los principios establecidos en la sentencia. En octubre de 2008, la Corte se pronunció en relación a la presentación efectuada por la
provincia de Neuquén, declarando que no cumplía con el "mandato establecido en la sentencia" ya que se limitaba "a exponer una serie de consignas y un conjunto de buenos propósitos, cuya extrema generalidad no permite referirlos con un grado mínimo de precisión con respecto a los términos y principios sentados de la sentencia". Según la Corte, la generalidad del plan presentado impedía que se llevara a cabo "un adecuado escrutinio judicial acerca de la ilegalidad o irrazonabilidad en la conducta u omisión estatal en la asignación de los fondos gubernamentales" destinados a pauta oficial. La Corte intimó a la provincia para que en el plazo de quince días presente el esquema de
distribución de publicidad oficial que impone el fallo en los términos expresados, bajo apercibimiento de disponer medidas pecuniarias.
Informe de la Auditoría General de la Nación sobre la Secretaría de Medios. A
principios de 2009 se hizo público un informe que la AGN efectuó sobre la Secretaria de Medios donde se destaca la falta de planificación estratégica en materia de publicidad oficial, la carencia de normativa específica, la ausencia de parámetros objetivos para la distribución de publicidad, la informalidad con la que se realizan las contrataciones y la falta de controles adecuados.*38 El informe de auditoría –que abarca el ejercicio 2006 y el primer trimestre de 2007- verificó la ausencia de criterios objetivos y formales a la hora
de asignar pauta y advierte que "la falta de un marco legal adecuado y comprensivo de todos los aspectos relacionados a la difusión de los actos de gobierno, que establezca a su vez reglas unívocas respecto de las distintas etapas del proceso que aquí se trata (evaluación de necesidades de comunicación, planificación, distribución, contratación y control), puede dar como resultado la falta de cumplimiento de los principios generales a los que debe ajustarse toda gestión de contrataciones como ser la razonabilidad del
proyecto y eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público comprometido y el resultado esperado, la promoción de la concurrencia de interesados y de la competencia entre oferentes y la transparencia en los procedimientos, publicidad y difusión de las actuaciones, entre otros". El informe también indica que las normas internas que rigen las instancias que deben seguir las solicitudes de publicidad en forma general sólo son cumplidas parcialmente, y que no existe un control adecuado respecto a la realización de la publicidad ya que la misma empresa en la que se pauta es la que
certifica la efectiva prestación del servicio.
Iniciativas a nivel nacional. A mediados de 2008 presentaron en la Cámara de Diputados proyectos para regular la pauta oficial el diputado Emilio Raúl Martínez Garbino (Concertación Entrerriana)*39; los diputados de la Coalición Cívica – ARI María Virginia Linares, Juan Carlos Morán, Horacio Alcuaz, Fabián Peralta y Francisco Ferro,*40 y Fernando Sanchez, Elsa Quiroz, Fernando Iglesias, Adrián Pérez, Juan Carlos Morán, Patricia Bullrich, Elisa Carca y Maria Fernanda Reyes (Coalición Cívica).*41
Los diputados Federico Pinedo y Paula Bertol presentaron nuevamente en 2008 un proyecto de 2006 que había perdido estado parlamentario.*42 De igual manera, la diputada Silvana Giudici reingresó a la Cámara la propuesta que había presentado junto con Vilma Baragiola, Alicia Tate, Cinthya Hernández y Claudio Lozano, originalmente también en 2006.*43 A estos cinco proyectos se suman otros dos ingresados en el año 2007 por Esteban Jerez (Propuesta Republicana)*44 y Raúl Patricio Solanas (Frente para la Victoria).*45
En el Senado, por su parte, fueron presentados tres proyectos de ley. El primero lleva la firma de Samuel Cabanchik y María Eugenia Estenssoro (Coalición Cívica), Rubén Giustiniani (Partido Socialista), Carlos A. Rossi (Partido Nuevo) y Ernesto Sanz (UCR).*46
El segundo, de los senadores Luis P. Naidenoff y Juan C. Marino (UCR).47 El tercero fue propuesto por los justicialistas de la provincia de San Luis, Liliana Negre de Alonso y Adolfo Rodríguez Saa.*48
En el Anexo de este informe se describen las principales características de los proyectos de ley que poseen estado parlamentario al momento de la publicación de este informe.
Iniciativas a nivel provincial. En las provincias argentinas también se multiplicaron los proyectos de ley sobre publicidad oficial durante 2008. En algunas jurisdicciones se observaron, incluso, reformas legales en la materia.
1. En Buenos Aires, los diputados del ARI, Maricel Etchecoin Moró y Jaime Linares presentaron un proyecto de regulación de la pauta oficial en abril de 2008.*49
2. En Chaco, se sancionó en 2008 la ley 6.137, que incluyó un nuevo inciso en la Ley 5.428 de Ética y Transparencia en la Función Pública de la Provincia de Chaco. A través de esta positiva modificación legal se estableció una prohibición que busca evitar que la pauta oficial sea utilizada con fines propagandísticos. Específicamente, la norma establece que "la publicidad de los actos, programas, obras, servicios y campañas de los órganos públicos, deberá tener carácter educativo, informativo y de orientación social, no pudiendo constar en ella nombres, símbolos o imágenes que supongan promoción personal
de las autoridades o funcionarios públicos."
En agosto de 2007, el presidente del bloque del Frente para la Victoria (FPV), Ricardo Sánchez, había presentado un proyecto de regulación para la provincia.*50
3. En Córdoba, en noviembre de 2008, presentaron proyectos la legisladora provincial Modesta Magdalena Teresa Genesio de Stabio*51 y los legisladores Augusto Varas, Miguel Ortiz Pellegrini y Roberto Birri.*52
4. En Entre Ríos se observaron algunos pasos hacia la regulación de la pauta oficial en el año 2008. En primer término, se destaca la recientemente reformada Constitución de Entre Ríos, cuya actual redacción contempla una cláusula específica sobre publicidad oficial en su Art. 14, que dispone:
"La publicidad oficial comprende la realizada por la Provincia, los municipios y las
comunas, en todos sus estamentos y organismos. Su objeto es garantizar la vigencia del principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública. Su adjudicación se rige por los principios de transparencia, eficacia, pluralismo y austeridad. La ley establecerá pautas objetivas para asegurar la distribución equitativa y no discriminatoria de espacios en los medios de comunicación social que se inscriban para tal
fin. "La publicidad oficial no podrá incluir mensajes discriminatorios ni contrarios a los principios constitucionales. La de los entes y empresas deberá tener relación directa con el objeto social de los mismos." *53
A su vez, a principios de 2008 la pauta estatal había sido reglamentada a través del Decreto 994/08,54 que estableció algunas directivas para el diseño de los planes de medios tales como: la naturaleza de la campaña (institucional, genérica, etc.), sus objetivos generales y específicos, segmentos de población y grupos de interés, aspectos territoriales, penetración estimada de los medios en relación al mensaje a difundir, aspectos económicos y costo por contacto. La Dirección General de Información Pública abrió la inscripción del registro de proveedores, en el que deberán figurar todos aquellos que quieran obtener pauta oficial.*55
Por último, el diputado provincial Marcelo Alcides López presentó en junio de 2008, conjuntamente con Mirta Griselda Alderete, José Oscar Cardoso, José María Miser, Jaime Pedro Benedetti y José Antonio Artusi, un proyecto de ley sobre pauta oficial.*56 Dada la inclusión de una cláusula sobre publicidad oficial en la nueva Constitución de Entre Ríos,de conformidad con su Art. 281, la Legislatura debería sancionar en un plazo no mayor a un año una ley que la reglamente. De lo contrario, el Poder Ejecutivo quedaría facultado para dictar, con carácter provisorio, un decreto reglamentario sobre publicidad oficial que
se adecue a las exigencias constitucionales.
5. En Neuquén, los legisladores Soledad Martínez (Movimiento Popular Neuquino), Rodolfo Canini (Unión por los Neuquinos) y Paula Sánchez (Frente Alternativa Neuquina), presentaron en mayo de 2008 un proyecto de ley.*57
6. En Río Negro se sancionó finalmente la primera ley provincial destinada a reglar la pauta oficial. Se trata de la Ley Nº 4391,58 que fue sancionada el 19 de diciembre de 2008, promulgada el 31 de diciembre por Decreto 1476/2008, y publicada en el Boletín Oficial del 8 de enero de 2009. La ley fue impulsada por el Poder Ejecutivo Provincial y el proceso de aprobación del proyecto fue muy cuestionado,59 ya que evitó la discusión sobre las cuatro propuestas legislativas que habían sido presentadas en la provincia y nunca fueron tratadas en sesión.*60
La Ley N° 4391 concentra todas las decisiones relativas a pauta oficial en la Secretaría de Comunicación, cuyo funcionario es designado políticamente. La norma prevé que la adjudicación de la publicidad oficial se regirá por los principios de interés general, veracidad, libre acceso a la información, transparencia, razonabilidad, acceso equitativo y pluralista a las oportunidades de expresión, austeridad en la administración del gasto público y publicidad de los actos de gobierno. Entre otras tareas, esta oficina deberá realizar, al menos una vez al año, una encuesta de medios y programación en el territorio
provincial. También crea un Registro Provincial de Medios, y una regla de transparencia según la cual la Secretaría de Comunicación publicará mensualmente el listado de contratos publicitarios celebrados. Por último, establece una veda la publicitaria desde 30 días antes de las elecciones, y prohíbe el uso de la pauta oficial para promover intereses partidarios y para premiar o castigar a los medios de comunicación por el contenido de sus
publicaciones. La norma no establece procedimientos ni reglas claras para distribuir la pauta.
De acuerdo al artículo 15 de la Ley 4391, el Poder Ejecutivo Provincial deberá
reglamentarla en un lapso de 180 días desde su promulgación, esto es, a contar desde el 31 de diciembre de 2008. Entretanto continuarán aplicándose las disposiciones del Decreto N° 750/93,*61 que con posterioridad quedará derogado.
7. En Salta, la senadora Claudia Silvina Vargas presentó un proyecto de ley en julio de 2008.*62
8. En Santa Fe, el diputado provincial por el Partido Justicialista, Adrián Simil, presentó en abril de 2008 un proyecto de ley sobre publicidad oficial.*63
9. En Tierra del Fuego, la gobernadora Fabiana Ríos dictó, en febrero de 2008, el Decreto 183/08.64 Ese régimen de publicidad oficial mandaba que su distribución fuera "transparente, equitativa y acorde a la llegada y penetración de los medios de comunicación social", creaba un Registro Provincial de Medios con un sistema de puntajes a los medios de comunicación registrados según diferentes criterios (producción local de contenidos, cobertura sobre asuntos de interés de los fueguinos, niveles de audiencia o tiraje y cantidad de empleados) a la vez que preveía una distribución fija en términos geográficos y de rubros de medios de comunicación, y en términos de transparencia establecía que las asignaciones de pauta se publicaran en el sitio web oficial de la provincia.
Como respuesta a esta iniciativa, distintos partidos políticos, ONGs y sindicatos
presentaron proyectos de ley con el objeto de alcanzar una reglamentación en materia de publicidad oficial. Algunas de sus propuestas fueron agregadas al proyecto presentado por el Frente para la Victoria, cuya versión modificada es la única que se encuentra actualmente en trámite en la Comisión 3 de la legislatura provincial.*65
En mayo de 2008, la gobernadora dictó el Decreto 846/0866 por el cual modificó algunos aspectos del régimen establecido en el decreto anterior. Según los fundamentos la nueva norma, el Poder Ejecutivo provincial encontró dificultades en la implementación del Decreto 183/08, entre ellas, la imposibilidad de los medios de comunicación para inscribirse en el Registro Provincial de Medios cumpliendo con todos los requisitos que preveía la norma original. El nuevo decreto eliminó algunos de esos requisitos y dispuso extender el plazo de inscripción hasta el 31 de diciembre de 2008.
10. En Tucumán, el legislador radical José Manuel Cano también presentó, en de mayo de 2008, un proyecto de regulación de la publicidad oficial en la legislatura provincial.*67
11. En Misiones el legislador Ricardo Andrés Buiak presentó en marzo de 2008 un proyecto de ley para crear un registro en el que deberían inscribirse todos los medios que quieran recibir pauta.*68
Ciudad Autónoma de Buenos Aires. También en la legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires fueron presentados múltiples proyectos de ley que buscaron normar la publicidad oficial, principalmente durante el año 2006.*69 De todos ellos, conserva estado parlamentario la propuesta legislativa del diputado Caeiro.*70 Durante 2009, la diputada Gabriela Cerruti presentó un proyecto de ley de publicidad oficial, con la adhesión de los
legisladores Patricia Walsh, Martín Hourest, Aníbal Ibarra y Gonzalo Ruanova.*71
A nivel municipal. En la ciudad de Santa Fe, los concejales Jorge Kiener, por un lado, *72 y Leonardo Simionello y Jorge Henn, por otro,*73 presentaron sendos proyectos de ordenanza para regular la publicidad oficial. De igual manera, en la Municipalidad de Salta, el Concejal Diego Saravia presentó un proyecto sobre la materia.*74 En 2007 se había sancionado el primer régimen normativo sobre publicidad oficial en la Municipalidad de Alta Gracia, en la Provincia de Córdoba.*75
En 2009, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche sancionó el segundo marco normativo de publicidad oficial para una jurisdicción municipal. Se trata de la Resolución 1005/09,76 que crea un Registro Municipal de Medios en el ámbito de la Dirección General de Comunicación Institucional, oficina que se encarga asimismo de realizar un estudio anual sobre la audiencia de los medios y los programas locales, con una evaluación del público que consume cada producción. Esta autoridad de aplicación, un funcionario designado directamente por el ejecutivo local, también establece un plan semestral por campaña, cuya justificación debe obrar al momento de diseñar el
presupuesto, y elabora un informe anual sobre gastos por campaña, por medio y otros datos. Los estudios de audiencias, proveedores y montos de la pauta oficial deben publicarse en la web oficial. La norma prohíbe utilizar la pauta estatal en épocas electorales más allá de algunas excepciones.
Estas iniciativas han sido examinadas por la ADC, que en varios casos hizo
recomendaciones y brindó asesoramiento técnico para su elaboración. Si bien son en general perfectibles –con distinto grado de cumplimiento de los estándares mínimos que debiera tener una regulación sobre la materia- constituyen un reconocimiento sobre la necesidad de cubrir el vacío legal en la materia, en los diferentes niveles de Gobierno. La ADC considera que la regulación es una herramienta imprescindible para evitar sospechas de favoritismos políticos y dotar de transparencia y control a la asignación de fondos públicos a través de la publicidad oficial.
DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACION
Toda la información proporcionada por la Secretaría de Medios como respuesta a los pedidos de información pública realizados se encuentra a disposición para consultas en la ADC.
*Citas:
1 - La ADC examinó las prácticas y el marco legal en materia de publicidad oficial en las provincias de Córdoba, Neuquén y Río Negro y Tierra del Fuego para la realización de sus informes Una Censura Sutil (2005) y El Precio del Silencio (2008). Durante 2007 y 2008 la ADC, junto a organizaciones locales, inició investigaciones en otras provincias. En diciembre de 2008, por ejemplo, las ADC presentó un informe sobre las prácticas de publicidad oficial en Jujuy, realizado tras un año de trabajo en la provincia. Información sobre esta y otras investigaciones se puede hallar en el sitio www.censuraindirecta.org.ar y en www.adc.org.ar
2 - El informe fue coeditado por ADC y la Iniciativa Pro Justicia de la Sociedad Abierta (OSJI) y elaborado en base a investigaciones realizadas por organizaciones locales en cada uno de los países examinados. Está disponible en www.censuraindirecta.org.ar y en www.adc.org.ar
3 - Las solicitudes de información se realizaron en ejercicio del derecho al acceso a la información pública,reglamentado en el ámbito del PEN a través del Decreto 1172/03
4 - Las cifras que se presentan en este informe corresponden a la inversión publicitaria del Poder Ejecutivo Nacional que se canaliza a través de la agencia de noticias Télam S.E., organismo que, en función de lo establecido en el Decreto 2507/02, actúa como agencia de publicidad. Los organismos de gobierno, según canalicen o no su pauta publicitaria a través de la Secretaría de Medios, se dividen en "centralizados" y descentralizados" respectivamente. Así figuran en las planillas que entrega Télam a la ADC, como respuesta
a pedidos de información pública. Cabe destacar que estas denominaciones no siguen estrictamente la división administrativa del Poder Ejecutivo, sino que se refieren sólo a la forma en que estos organismos manejan su publicidad. Así, dentro del grupo de "centralizados" se ubican Presidencia de la Nación, ministerios de Gobierno, Jefatura de Gabinete, Instituto Nacional Contra La Discriminación la Xenofobia y El Racismo (INADI), Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), Fondo Nacional de las Artes, Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS), entre otros. Entre los clientes "descentralizados" se encuentran la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Superintendencia de Riesgos del Trabajo, Dirección Nacional de Vialidad y AySA, entre otros. Finalmente, existen otros organismos, como la Secretaría de Turismo o la Lotería Nacional, que manejan su pauta de modo independiente de Télam en virtud de lo establecido por normas específicas, razón por la que no están incluidos en las cifras genéricas que se brindan en este informe.
5 - El 12 de noviembre de 2008, la Secretaría de Medios informó a la ADC, a través de una respuesta a un pedido de información pública, lo siguiente: "Si bien el crédito inicial otorgado a la Secretaría ascendía a $217.136.724.- el mismo sufrió en el inicio del ejercicio y posteriormente, modificaciones que redujeron ese saldo hasta el importe de $196.238.260.- Si a este importe le agregamos los importes correspondientes a otros organismos que pauten a través de la Secretaria de Medios, el crédito se eleva a $205.392.260.- Por otra parte cabe mencionar que con fecha 16/9/08 se aprobaron incrementos de la partida 3.6.0. para F.F. 11 por $30.280.000.- y para F.F.14 (otros organismos) por $10.000.000." De esta forma, el presupuesto total para el año 2008, sumados los incrementos señalados por la Secretaría de Medios, asciende a 245.672.260 pesos.
6 - El Banco Nación no figura en las planillas de publicidad oficial anteriores a 2008 entregadas por la Secretaría de Medios a la ADC, ya que no contrataba su pauta a través de Télam.
7 - De esos 21.452.018 pesos, solo 1.500 pesos corresponden a la ANSES, y el resto al Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. La ADC efectuó un pedido de información a la Secretaría de Medios de Comunicación de la Nación, con fecha 26 de mayo de 2009, solicitando datos acerca de esta campaña.
8 - Este monto corresponde al mes de abril de 2008 para la campaña denominada "Sabías qué?", según consta en las planillas provistas por la Secretaría de Medios a la ADC. Vale aclarar que la misma campaña se repite con una erogación de 1.032.111 pesos durante el mes de mayo para el mismo organismo, y con un gasto de 117.673 pesos durante el mes abril para el Ministerio del Interior.
9 - Es preciso aclarar que hay algunas campañas publicitarias que fueron financiadas por distintos organismos.
10 - El resto de las campañas y avisos no ha sido considerado para este análisis debido a su gran número y al relativo bajo monto que significan sobre el total de las erogaciones.
11 - Entendemos que la línea que separa la difusión de una política pública de la difusión de la gestión de gobierno es en algunos casos difusa.
12 - Véase el informe "La publicidad oficial del PEN durante el primer semestre de 2008", disponible en www.adc.org.ar y www.censuraindirecta.org.ar
13 - A través de un pedido de información pública, el 20 de agosto de 2008 se solicitó información sobre el contenido específico de los siguientes avisos: "Sabías qué?", "Campo", "Yo Argentino", "Medidas", "Visitas", "Programa de redistribución", "Retenciones", "Lockout campo" y "25 de mayo/La patria somos todos". La respuesta llegó a la ADC el 22 de septiembre de 2008, conteniendo ocho fotocopias de campañas publicitarias pautadas en medios gráficos y un DVD con una serie de campañas emitidas por TV. Luego de la visualización de dichos avisos y del análisis de los datos disponibles en las planillas entregadas a la ADC se decidió su inclusión en la mencionada categoría debido a que la mayoría apuntaba a informar al público acerca de las medidas tomadas por el gobierno con respecto al sector agropecuario, antes o durante el conflicto.
14 - De dicha cifra, 81.484 pesos son imputables al Ministerio de Educación, por los avisos agrupados como "Visitas al exterior" en el mes de octubre de 2008.
15 - Véase el informe "La publicidad oficial del PEN durante 2007", disponible en www.adc.org.ar y www.censuraindirecta.org.ar
16 - Publicado en 2006. Disponible en www.adc.org.ar y en www.censuraindirecta.org.ar
17 - Se incluyen aquí los registros denominados "Becas" y "Becas del Bicentenario" que figuran en las planillas entregadas por la Secretaría de Medios a la ADC.
18 - Respuesta del 26 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Medios de la Nación, a un pedido de información pública formulado por la ADC.
19 - Ver ADC, "La publicidad oficial del Poder Ejecutivo Nacional durante 2007". Disponible en www.adc.org.ar y en www.censuraindirecta.org.ar
20 - Respuesta del 26 de diciembre de 2007 de la Secretaría de Medios de la Nación, a un pedido de información pública formulado por la ADC.
21 - Las planillas que entrega la Secretaría de Medios a la ADC consignan una lista de proveedores (que corresponden a uno o varios medios, productoras o intermediarios, según el caso) cada uno de los cuales tiene un código numérico diferente. En algunas ocasiones, el mismo código numérico se repite en proveedores con diferentes nombres (a veces las denominaciones varían en años distintos), en cuyo caso son considerados como el mismo proveedor.
22 - Respuesta de la Secretaría de Medios de la Nación del 8 de octubre de 2007.
23 - Ver "Un fenómeno llamado Diario Popular", en
http://www.diariosobrediarios.com.ar/eldsd/zonadura/index.htm
24 - Dicho pedido se realizó el 2 de diciembre de 2008 y fue respondido de forma incompleta el 22 de diciembre por el gerente del Área de Asuntos Legales de Télam S.E., pues no se especificaba en qué publicaciones gráficas se pautaron los avisos oficiales. El pedido de información se reiteró el 25 de febrero de 2009 y su respuesta llegó a la ADC el 22 de abril, aunque sin responder aún el requerimiento realizado. Específicamente, se pidió información sobre los proveedores Aste/Vere/Med/Ag./News/7dia, Producciones Plubliexpress, Manucorp S.A., Reale Dalla Torre Consult. SA, Seller S.A., entre otros, con el objeto de obtener el detalle de los medios en los que colocó efectivamente la pauta estatal recibida durante el primer semestre de 2008.
25 - La ADC efectuó un pedido de información respecto de Producciones Publiexpress, Editorial Atlántida y La U, con el objeto de obtener el desagregado del gasto y determinar a qué medios se destinó efectivamente la pauta publicitaria a través de estos proveedores durante el primer semestre de 2007. La Secretaría de Medios contestó nuestro pedido acompañando con desagregados varias planillas, muchas de las cuales tenían anotaciones realizadas a mano. Así pudimos determinar que, durante el primer semestre de 2007, Producciones Publiexpress colocó publicidad oficial en los productos Quien, Vivir Mejor, Buenas Ideas, Única, Cómo estar bien, Pronto, Uno mismo, Saber Vivir, Gabo, Pastelería y Cocina Light. Por La U se destinó publicidad a: La U, Veintitrés, Newsweek, Siete Días, El Urbano, La Gaceta del Cielo, Infosic
Argentina, Suplemento Usina de Derecho y la revista Asterisco. Finalmente, por Editorial Atlántida se destinó pauta publicitaria oficial en: Gente, Billiken, Para Ti y Paparazzi. Ver ADC, "La publicidad oficial del Poder Ejecutivo Nacional durante 2007", disponible en www.adc.org.ar y en www.censuraindirecta.org.ar
26 - Ver "La publicidad oficial del PEN durante 2007" y El precio del silencio. Ambos disponibles en www.censuraindirecta.org.ar y en www.adc.org.ar
27 - "Editorial Perfil S.A. y otro c/PEN – Jefatura de Gabinete de Ministros – SMC s/amparo Ley 16.986".
28 - Los camaristas señalaron que el Estado se negó a contratar avisos oficiales con Perfil "por calificarla, al parecer, ‘de prensa amarilla’", lo que constituye un tratamiento arbitrariamente desigual con otras publicaciones que supone "una evidente violación al principio de libertad de prensa". "Lo que se examina aquí –dice el fallo- es una conducta discriminatoria con el único objeto ostensible de castigar a publicaciones no afectas al gobierno de turno".
29 - La ADC había presentado un amicus curiae (una presentación ante el tribunal donde tramita un litigio judicial por parte de terceros ajenos a esa disputa, que intervienen en temas de reconocido interés público) en respaldo del amparo presentado por Perfil en 2006. La ADC había alegado que la absoluta negativa a contratar publicidad oficial en los medios de Perfil –al mismo tiempo que se pautaba en todos los medios de comunicación de similares características- "no parece estar fundada en criterios lógicos o razonables que entren dentro de las facultades discrecionales del Estado, sino en una decisión política de excluir deliberadamente a ciertos medios de comunicación en razón de sus líneas editoriales. Es decir, en una decisión discriminatoria y, por ende, violatoria de la libertad de expresión."
30 - Ver "2008 en números", disponible en http://www.television.com.ar/especiales/2008ennumeros.asp
31 - Ver el documento de ADC "Principios Básicos para la Regulación de la Publicidad Oficial", donde se proponen una serie de pautas generales de distribución. Disponible en www.adc.org.ar y en www.censuraindirecta.org.ar.
32 - Entendemos que la canalización de pauta a través de estos intermediarios puede modificar los porcentajes presentados a continuación referidos a la distribución geográfica.
33 - Véase ADC, "La publicidad oficial del Poder Ejecutivo Nacional durante 2007". Disponible en www.adc.org.ar y en www.censuraindirecta.org.ar
34 - La ADC no efectuó un desagregado con la distribución geográfica por provincias ya que existen un grupo de medios a los que no se les pudo atribuir referencia geográfica. La ADC cursó un pedido de información a la Secretaría de Medios preguntando acerca de la pertenencia geográfica de este grupo de medios, el 2 de diciembre de 2008, pero no obtuvo respuesta sobre este tema.
35 - La ADC efectuó un pedido de información a la Secretaría de Medios de Comunicación para determinar el origen geográfico de este proveedor, el 2 de diciembre de 2008. Si bien la ADC recibió una respuesta fechada el 18 de diciembre, ésta no contenía la información referente a la localización geográfica.
36 - Hay que aclarar que en este monto se incluyen únicamente los medios que en las planillas provistas por la Secretaría de Medios a la ADC figuran bajo el nombre de proveedor "Uno Medios", pues existen otros medios que figuran en el sitio http://www.unomedios.com.ar como pertenecientes al grupo y que aparecen de forma separada en las planillas.
37 - CSJN, "Editorial Río Negro SA c/ provincia de Neuquén s/acción de amparo", Sentencia del 5 de septiembre de 2007.
38 -Auditoría General de la Nación, "Programa 19 "Prensa y Difusión de Actos de Gobierno" de la Jurisdicción 25, para el ejercicio 2006 y primer trimestre 2007", 5/2/2009. Disponible en
http://www.agn.gov.ar/informes/informesPDF2009/2009_001.pdf
39 - Proyecto de Ley 3247-D-2008, presentado el 18 de junio de 2008. Disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=324..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar
40 - Proyecto de Ley 4048-D-2008. Disponible en: http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=404..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar.
41 - Proyecto de Ley 1581-D-2008. Disponible en: http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=158..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar
42 - Proyecto de Ley 0812-D-2008, sobre la base del Expte. 2999-D-2006. Disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=299..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar.
43 - Proyecto de Ley 0015-D-2008, sobre la base del Expte. 3761-D-2006. Disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=376..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar.
44 - Proyecto de Ley 2707-D-2007, presentado el 6 de junio de 2007. Disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=270..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar.
45 - Proyecto de Ley 4401-D-2007, presentado el 6 de septiembre de 2007. Disponible en:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=440..., y en
http://www.censuraindirecta.org.ar.
46 - Proyecto de Ley S-0962/08, presentado el 16 de abril de 2008. Disponible en:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=S&tipo=PL&nume...
=&tConsulta=3, y en http://www.censuraindirecta.org.ar.
47 - Proyecto de Ley S-1553/08, presentado el 26 de mayo de 2008. Disponible en:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=S&tipo=PL&nume...
n=&tConsulta=3; y en http://www.censuraindirecta.org.ar
48 - Proyecto de Ley 2292-S-2008, presentado el 8 de julio de 2008. Disponible en:
http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=S&tipo=PL&nume...
n=&tConsulta=3v, y en http://www.censuraindirecta.org.ar
49 - Proyecto 08-09 D-459/08-09. Disponible en http://www.hcdiputados-ba.gov.ar/..%5Cproyectos%5C08-
09D4590.doc, y en http://www.censuraindirecta.org.ar
50 - Proyecto de Ley 1669/07. Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
51 - Proyecto de Ley N° 1701. Conf.:
http://www.legiscba.gov.ar/Det_Proy.asp?ID_Asunto=47073&btn=Textos&NRO_A...
ROYECTO=3
52 - Proyecto de Ley N° 1763. Conf.:
http://www.legiscba.gov.ar/Det_Proy.asp?ID_Asunto=47135&btn=Textos&NRO_A...
ROYECTO=3. Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
53 - Texto aprobado por la Convención Constituyente el 3 de octubre de 2008, que entró en vigencia en noviembre del mismo año. Conf.: http://www.hcder.gov.ar/constitucion.php [Consulta: 15 enero 2009]
54 - Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
55 - El formulario puede verse en la página de la DGIP, www.entrerios.gov.ar/noticias
56 - Proyecto de ley 16.725. Conf.: http://www.hcder.gov.ar/consulta_exp_rta_uno.php?exp_numero=16725;
y: http://www.censuraindirecta.org.ar
57 - Expte. N° 5972, Proyecto de Ley D-155/08. Disponible en http://www.censuraindirecta.org.ar
58 - Disponible en http://www.censuraindirecta.org.ar
59 - Ver "Solo el proyecto oficial de publicidad", en Río Negro, 19 de diciembre de 2008.
http://www.rionegro.com.ar/diario/2008/12/19/1229653603270.php
60 - Hacemos referencia al Proyecto de Ley N° 51/07 de Ana Piccinini; el Proyecto de Ley N° 55/07 de Fabián Gustavo Gatti, Luis Di Giámoco y Beatriz Manso; el Proyecto de Ley N° 188/08 de Carlos Gustavo Peralta, Silvia Reneé Horne, Pedro Oscar Pesatti y Martín Ignacio Soria; y el Proyecto de Ley N° 194/08, de la legisladora María Magdalena Odarda. Todos disponibles en http://www.censuraindirecta.org.ar
61- Conf.:http://www.legisrn.gov.ar/LEGISCON/detallado_ley.php?ejecutar=DOCU.SECU%...
=leddocu+as+DOCU
62 - Proyecto de Ley N° 17.728. Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
63 - Proyecto de Ley N° 20.295. Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
64 - Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
65 - Proyecto de Ley N° 59/08. Disponible en http://www.censuraindirecta.org.ar
66 - Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar
67 - Expte. 271-PL-08, Libro 171, Folio 30. Disponible en http://www.censuraindirecta.org.ar
68 - Expte. 30.486/08. Disponible en http://www.censuraindirecta.org.ar
69 - Conf. Expte. N° 2371-D-2006 (Saya, Borrelli, Herrera Bravo y Michetti); Expte. N° 2971-D-2006 (DiFillipo); Expte. N° 2992-D-2006 (Varela); el Expte. N° 3068-D-2006 (Polimeni).
70 - Expte. N° 1448-D-2006. Disponible en: http://www.censuraindirecta.org.ar