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La Ley de Neuroderechos vista por exlegisladores nacionales

Analizan la Ley de Neuroderechos vistos como instrumento para proteger la integridad física y psíquica de los pacientes que utilizan ese tipo de tecnología.

El anteproyecto de Ley de Neuroderechos fue analizado en la segunda charla virtual sobre “Procedimiento Parlamentario”. La iniciativa que busca establecer el marco normativo para regular los derechos a la protección integridad física y psíquica, respecto de las consecuencias de tratamientos o intervenciones neurotecnológicas.

Daniel "Chicho" Basile, presidente del CLNA y Horacio Pernasetti, Vicepresidente del IEERI coincidieron en "reivindicar a la política como instrumento de transformación donde el parlamento argentino forma un papel fundamental a la hora de acercar a la sociedad a la política.

"Es un honor y orgullo que nuestros estudiantes participen de esta actividad de "Cambios de Roles". Se trata de trabajar alrededor del conocimiento con la humildad de comprender que el saber es aplicable que forman parte del compromiso que las instituciones como la nuestra tienen para que la gente tenga una vida mejor" dijo la exdiputada de la nación Fernanda Bendinelli.

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Neuroderechos bajo análisis de exdiputados

La secretaria del Relaciones Internacionales del IEERI, volvió agradecer la participación de la Universidad de Chile que "se une a este proceso de alcance internacional del Círculo de Legisladores de la Nación (CLNA) y el Instituto de Estudios Estratégicos y de Relaciones Internacionales (IEERI). La defensa de los neuroderechos en Chile pasó a ser un derecho humano".

Por su parte, la secretaria del IEERI, la ex diputada Alicia Besada señaló "no es menor regular los neuroderechos. Tenemos que hacerlo sin abusos, con ética y moral con reglas claras y las condiciones de confianza necesarias. Bendinelli y Besada, oficiaron de coordinadoras del procedimiento parlamentario sobre neuroderechos.

El encuentro se realizó por intermedio de la plataforma Zoom con la participación de alumnos y profesores de las Universidades de San Andres, Torcuato Di Tella, La Matanza, Nacional de Chile y Mendoza.

La aplicación de la ley estará a cargo de la autoridad especialmente creada que se denominará “Comisión Nacional para la Neuroprotección y el Desarrollo de las Neurotecnologías y Neurociencia.

Será un organismo colegiado deberá estar integrada por: un representante del ministerio de Salud de la Nación; uno del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Nación; un representante del Ministerio de Salud de cada una de las Provincias de la República Argentina; tres representantes de Instituciones del Sector Privado referentes y de probada idoneidad en desarrollo de Neurotecnologías y Neurociencia; quienes actuarán en forma conjunta.

La norma tiene busca un marco normativo para que las actividades neurotecnológicas no tengan por finalidad la disminución o deterioro de las capacidades físicas, psíquicas y de inteligencia natural de las personas y deban ser implementadas de acuerdo a los principios éticos del ejercicio científico y médico, siendo en todos los casos favorables al bien común.

También la de promover programas de apoyo, financiación e incentivos fiscales en favor de la investigación beneficiosa y de todas aquellas ciencias cuya finalidad sea el estudio y consecución de métodos, tratamientos e instrumentos que impliquen una conexión directa o indirecta con el sistema nervioso de las personas, en especial en el marco de las neurotecnologías y neurociencias.

La iniciativa incluida en el Programa Cambios de Roles busca otorgar reglas claras y condiciones de confianza necesarias entre los agentes que participen en tratamientos o intervenciones neurotecnológicas, que garanticen la transparencia y la política de privacidad aplicable para la protección permanente de los datos personales.

Asimismo, se garantizará a los usuarios de neurotecnologías, el derecho a la información clara, precisa, suficiente y de fácil acceso sobre el tratamiento a implementarse, como asimismo sobre las posibles consecuencias negativas y efectos secundarios, y el derecho al control voluntario sobre el funcionamiento de cualquier dispositivo conectado a su cerebro.

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