La votación fue de 5 contra 4, por lo que se considera la primera vez que el voto de la nueva jueza, Coney Barrett, fue decisivo.
La decisión difiere de fallos anteriores donde la Corte había favorecido a los políticos en cuanto a restricciones relacionadas en la pandemia, aún en detrimento de los derechos religiosos protegidos por la Constitución.
Puntualmente se trató de 2 casos: California y Nevada. En aquellos casos, para los que se decidió en mayo y julio, la Corte permitió a los gobernadores de los estados restringir la concurrencia a servicios religiosos.
"Aún en una pandemia, la Constitución no puede ser guardada y olvidada", dice la decisión de la Corte. "Las restricciones en cuestión aquí, al efectivamente prohibir a muchos atender a servicios religiosos, golpean en el corazón de la garantía que otorga la Primera Enmienda a la libertad religiosa."
Los límites impuestos en Nueva York fijaban la cantidad máxima de concurrentes a un servicio religioso de manera estricta, explica The Washington Post. Pero es importante destacar que se trataba de restricciones por zonas. Es decir, donde aparecía un brote, se limitaba la concurrencia. En algunos casos, la concurrencia se limitaba a 10 personas, aún en casos de iglesias que tenían capacidad para 1000.
Uno de los jueces de la Corte, Neil M. Gorsuch, planteó que Cuomo estaba tratando a las actividades seculares más favorablemente que a las religiosas.
"Es hora -ya estamos pasando la hora- de aclarar que mientras que la pandemia presenta desafíos graves, no hay un mundo en el que la Constitución tolere edictos ejecutivos codificados por colores que reabran las tiendas de licores y las bicicleterías pero cierren iglesias, sinagogas y mezquitas", escribió.
El fallo de la Corte responde a 2 demandas, una presentada por la diócesis de Brooklyn de la Iglesia Católica Apostólica Romana y otra presentada por 2 sinagogas, una organización Judía Ortodoxa y 2 individuos. Ambas demandas denunciaban que las restricciones de Cuomo violaban las protecciones constitucionales al libre ejercicio de la religión.