El problema es que, entre tanto grito y tanta indignación, apareció también una confusión curiosa: cuando Trebucq preguntó qué era Cutral-Co, le explicaron desde producción que se trataba de un centro cultural. No: es una canción de Las Manos de Filippi, incluida en Arriba las manos, esto es el Estado, álbum publicado en 1998.
Y no es un detalle menor. La canción está directamente vinculada con la historia de la banda y con la protesta social de los años 90. Cutral-Có nació alrededor de los conflictos sociales de esa localidad neuquina y quedó incorporada al repertorio de protesta del grupo.
De hecho, la propia historia de Las Manos de Filippi muestra que la provocación política no empezó ayer. La banda lleva décadas utilizando letras, escenarios y performances para confrontar con gobiernos, instituciones y dirigentes. Que el recurso pueda resultar desagradable es discutible; que sea inesperado, bastante menos.
Trebucq confundió una provocación con un delito
Hay una diferencia fundamental entre representar simbólicamente una agresión, expresar una amenaza concreta e incitar a cometer un delito. Mezclar las tres cosas bajo la etiqueta de “violencia” puede servir para una discusión televisiva, pero no alcanza para convertir automáticamente una performance en un delito.
El artículo 213 del Código Penal establece que será reprimido quien haga públicamente, por cualquier medio, “la apología de un delito o de un condenado por delito”. Es decir, la figura penal habla de elogiar o reivindicar un delito o a quien fue condenado por uno; no dice que cualquier representación violenta, provocadora o desagradable contra la imagen de una persona sea automáticamente apología.
Y ahí está el punto que queda flojo en el planteo de Trebucq: en el video no hay una persona recibiendo dardos. Hay una foto colocada sobre un tablero. Tampoco aparece, en la escena descripta, una instrucción concreta para que alguien ataque físicamente al Presidente.
Eso no significa que toda expresión artística quede automáticamente fuera de cualquier límite jurídico. Significa algo bastante más sencillo: hay que analizar qué conducta concreta se está realizando y qué figura penal pretende aplicarse, en lugar de convertir una imagen polémica en una denuncia penal por televisión.
Además, existe un antecedente particularmente incómodo para la discusión: Cutral-Co tiene una letra explícitamente violenta y provocadora desde hace décadas. La propia prensa especializada ha documentado el origen político y social de la canción y el lugar que ocupa dentro de la obra de la banda.
La libertad de expresión tampoco desaparece porque una obra sea desagradable. La Constitución Nacional protege el derecho de publicar ideas sin censura previa y los tratados incorporados al ordenamiento argentino protegen también la expresión artística.
Por eso, si el objetivo es discutir si el video es de mal gusto, agresivo, provocador o políticamente repudiable, hay una conversación posible. Si el objetivo es afirmar que automáticamente configura apología del delito y que corresponde meter preso al artista, hace falta bastante más que un tablero, unos dardos y una indignación televisiva.
Y hubo otro detalle que tampoco pasó inadvertido: mientras en pantalla se discutía Cutral-Co, el nombre de la canción parecía resultar desconocido para quienes analizaban el supuesto delito. En 2025, Urgente24 ya había contado un episodio parecido cuando Federico Sturzenegger confundió el origen de una canción de Las Manos de Filippi y la propia banda salió a corregirlo.
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