Pero ¿cuál es la investigación que hicieron que no incluyó la existencia de una fake news?
La versión de Claudio Tapia y Pablo Toviggino
Es tan bizarro lo que hizo AFA que provoca enojo entre quienes siguen el fútbol.
También confirma a Tapia y Toviggino como aspirantes a autócratas.
La sanción sin la investigación adecuada convierte a la autoridad competente en incompetente.
En su avatar en X, Tovvigino afirma: "(...) El prestigio de Dios está en que se hace ver muy poco. "Yo hago nuevas todas las cosas" (...)".
Pero, si se trata de Teología, el carácter de Dios es su Justicia. Y es lo que parece ausente en una cantidad de decisiones de AFA que encuentran su ejemplo más reciente y ridículo en esta sanción.
Todos conocen a DobleAmarilla.com.ar/ como una voz no oficial de Toviggino. Veamos cuál es su versión de lo sucedido:
"La AFA se expidió este jueves (13/11) a través de su Tribunal de Ética para dar cuenta de una sanción impuesta a Walter Otta, el actual entrenador del Deportivo Morón que pelea por regresar a la máxima división tras más de medio siglo.
El DT de 51 años recibió el castigo desde la casa madre del fútbol argentino a raíz de supuestas “difamaciones” en contra de la asociación al atribuir “palabras o acciones despectivas o denigrantes” contra la integridad y dignidad de personas mencionados en el artículo 24 del Código de Ética, y corromper con los artículos 13, 14 y 15 al romper con una conducta “ética, digna e íntegra”, con una “posición política neutral” y por no “proceder con absoluta lealtad hacia la AFA”.
(...) De momento, AFA definió la suspensión provisional por un plazo máximo de 30 días al entrenador del ‘Gallo' del Oeste “para ejercer funciones de dirección técnica y de acceder a vestuarios y banco de suplentes en encuentros oficiales organizados por la AFA, hasta que se dicte resolución sobre el fondo o venza el plazo indicado, lo que ocurra primero”.
Las presuntas infracciones de Otta se ubican debajo de una medida de carácter cautelar, en donde el Tribunal dirime que existen “elementos suficientes de verosimilitud y riesgo en la demora que tornan procedente una medida provisional estrictamente temporal y proporcional, que no implica un adelanto de opinión sobre la cuestión de fondo a resolver”.
En este caso, el profesional, citado como “imputado” en el documento cuenta con “el término de 5 días hábiles, a fin de que presente descargo y ofrezca la prueba que haga a su derecho, pudiendo solicitar audiencia dentro del mismo plazo”."
No hay menciones a la falsedad de atribuirle esos dichos al entrenador.
Infabilidad
La actuación del Consejo de Ética, empoderado por Tapia y Toviggino, es de una soberbia tal que introduce un concepto curioso: la infalibilidad, relacionada con la creencia de que ciertas instituciones o escrituras están exentas de error en cuestiones de fe y moral.
Por ejemplo, en la Iglesia Católica Apostólica Romana, se atribuye la infalibilidad al Papa y al Colegio Episcopal cuando definen una doctrina.
Es uno de los dogmas más controversiales de la Iglesia Católica, inexplicable en el siglo 19... ni hablar en el 21.
La constitución Pastor Eternus, promulgada por el papa Pío IX en julio de 1870, elaborada y aprobada por el Concilio Ecuménico Vaticano I, definió el Dogma de la Infalibilidad Pontificia:
"(…) Por lo mismo, las definiciones del Romano Pontífice son irreformables por sí mismas y no por razón del consentimiento de la Iglesia. De esta manera, si alguno tuviere la temeridad, lo cual Dios no permita, de contradecir ésta, nuestra definición, sea anatema."
La constitución dogmática Lumen Gentium, del Concilio Vaticano II, ratificó esta doctrina. Desde entonces -no sólo por ese motivo- se aceleró la pérdida de creyentes de la Iglesia Católica.
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