Resolución General 4/2026 de la IGJ
La nueva normativa comenzará a aplicarse a partir de mañana, de acuerdo con lo establecido por la Resolución General 4/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Entre los trámites que se dejan sin efecto figuran la entrega en papel de la documentación certificado de toda la trayectoria de la compañía, así tuviera "décadas de historia", con gastos que "podían superar los 100.000 dólares" solo en "fotocopias certificadas, apostillas y traducciones", según lo indicado por Federico Sturzenegger en uno de sus habituales posteos en X.
La IGJ fundamentó la flexibilización de requisitos en que "el Estado tiene el deber de remover los obstáculos que dificultan el acceso a la economía formal, especialmente cuando tales obstáculos no responden a una función de control sustantivamente justificada".
"Simplificar no es desregular por desregular: cada modificación introducida por la presente resolución responde a la verificación de que el requisito eliminado o flexibilizado no cumple ninguna función útil de tutela que no esté ya satisfecha por otros medios, o impone costos desproporcionados respecto del beneficio que genera", explicó en los considerandos.
En ese marco, el organismo sostuvo que "la atracción de inversión extranjera directa requiere un marco regulatorio predecible, accesible y homologable con los estándares internacionales vigentes".
Los cambios que detalló Federico Sturzenegger
- Se admite el último estatuto ordenado oficial, sin requerir las copias y traducciones de todos los documentos anteriores.
- Se admite documentación digital apostillada — ya no hace falta mandar originales en papel desde el exterior.
- Se puede tramitar la inscripción de la empresa extranjera y la constitución de la sociedad local en un solo trámite simultáneo.
"A partir de la resolución, una empresa que quiere participar como socia en una sociedad argentina hoy tarda lo mismo que en cualquier país normal", dijo Federico Sturzenegger, por supuesto, sin definir qué sería un "país normal"...
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