El decreto consideraba que era necesario adecuar la normativa relativa al tratamiento impositivo de los nuevos actores y roles.
A su vez, el decreto decía
El Estado tiene la obligación de resguardar un tratamiento fiscal igualitario, en este caso para aquellos Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que cumplan funciones similares como agentes de liquidación y retención de impuestos, ya sea nacionales, provinciales o municipales El Estado tiene la obligación de resguardar un tratamiento fiscal igualitario, en este caso para aquellos Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que cumplan funciones similares como agentes de liquidación y retención de impuestos, ya sea nacionales, provinciales o municipales
Sobre esto, sostenía que
Resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares Resulta prudente limitar las exenciones vigentes en el caso de intervenir determinados instrumentos, tales como monedas digitales o similares
Y concluía diciendo lo siguiente
Las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares Las exenciones previstas en este decreto y en otras normas de similar naturaleza no resultarán aplicables en aquellos casos en que los movimientos de fondos estén vinculados a la compra, venta, permuta, intermediación o cualquier otra operación sobre criptoactivos, criptomonedas, monedas digitales, o instrumentos similares
Por otro lado, así cotizaban hoy las principales criptos, -o criptomonedas- de Binance
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