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Nuevo parking es nuevo dólar CCL Ley Extranjera

La CNV estableció un nuevo parking para el dólar financiero o Contado con Liquidación (CCL) para las operaciones con bonos bajo ley extranjera.

La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispuso este lunes 10/04 cambios en la operatoria del dólar financiero (Contado con Liquidación), al definir nuevos plazos de permanencia ( parking) relativos a la concertación de operaciones con valores negociables con liquidación en moneda y jurisdicción extranjera, estableciendo diferencias según la ley bajo la cual hayan sido emitidos.

Mariano Gorodisch, en el diario El Cronista Comercial, lo llamó 'nuevo dólar':

Un nuevo dólar nace en la Argentina, producto de un desdoblamiento del contado con liquidación: habrá un CCL Ley local, que tendrá un parking de 24 horas -un día menos que hoy-, y otro "CCL Ley extranjera", con un parking de 72 horas, un día más de lo que está hoy, según lo definió la Comisión Nacional de Valores (CNV). El directorio de la en Un nuevo dólar nace en la Argentina, producto de un desdoblamiento del contado con liquidación: habrá un CCL Ley local, que tendrá un parking de 24 horas -un día menos que hoy-, y otro "CCL Ley extranjera", con un parking de 72 horas, un día más de lo que está hoy, según lo definió la Comisión Nacional de Valores (CNV). El directorio de la en La RG 957, a ser publicada en el Boletín Oficial, "en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia 164/2023", que habilitó el canje de bonos en dólares del sector público por bonos en pesos y busca aumentar las operaciones con títulos ley local."

El nuevo plazo de permanencia fue extendido bajo ciertas condiciones, de acuerdo a la norma en la que hayan sido emitidas las operaciones con valores negociables con liquidación y jurisdicción extranjera.

CNV:

A partir del martes 11/04, y en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 164/2023, se establece que el plazo de permanencia mínimo en cartera será de un día para los valores negociables emitidos bajo ley argentina, y de tres días en el caso de valores negociables emitidos bajo ley extranjera. A partir del martes 11/04, y en el marco del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 164/2023, se establece que el plazo de permanencia mínimo en cartera será de un día para los valores negociables emitidos bajo ley argentina, y de tres días en el caso de valores negociables emitidos bajo ley extranjera.

  • La medida recibió la aprobación del Directorio de la RG 957 y será publicada este martes 11/04 en el Boletín Oficial.
  • Los plazos hasta la modificación de la norma establecía un plazo de 2 días para la tenencia de los bonos globales emitidos bajo jurisdicción extranjera. Ahora, esta cifra asciende a 3 jornadas.

También impactará un descenso de 1 día, para pasar de 2 a 1, respecto a las tenencias para los valores emitidos en la legislación local.

Para las operaciones del dólar MEP, los plazos de permanencia relativos a la concertación de operaciones con valores negociables con liquidación en moneda extranjera (por ejemplo AL30D) se mantienen en 1 día.

En marzo el Gobierno les ordenó a los organismos públicos desprenderse de sus tenencias de bonos en dólares para contener las presiones sobre los dólares financieros y absorber pesos.

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