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Banco Nación: Cámara platense vuelve a frenar su pase a sociedad anónima

La justicia volvió a poner un límite a la reforma del Banco Nación, manteniendo suspendido el decreto firmado por Javier Milei para su pase a sociedad anónima.

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata volvió a poner un límite al proceso de transformación del Banco de la Nación Argentina (BNA) en sociedad anónima. La Sala III rechazó los recursos de apelación presentados por el Gobierno nacional y por la entidad financiera, y confirmó la medida cautelar vigente.

Además, extendió por otros seis meses la suspensión del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 116/25, que habilita el cambio de estructura jurídica del banco estatal.

La resolución ratifica el fallo dictado el 10 de marzo de 2026 por el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien había prorrogado la cautelar originalmente concedida el 13 de marzo de 2025. De este modo, el Ejecutivo deberá continuar absteniéndose de implementar cualquier medida administrativa o reglamentaria destinada a convertir al Banco Nación en una sociedad anónima mientras el litigio principal permanezca sin una resolución definitiva.

La Justicia platense frena la reforma del Banco Nación

La disputa judicial se remonta a marzo de 2025, cuando Ramos Padilla suspendió por primera vez los efectos del DNU 116/25 durante seis meses. Esa decisión fue confirmada el 5 de junio de 2025 por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que rechazó los recursos interpuestos por el Estado nacional y el Banco Nación. Posteriormente, en septiembre de ese mismo año, el magistrado prorrogó la medida cautelar por otros seis meses, extensión que volvió a ser ratificada por la Cámara en octubre.

Ante la falta de una sentencia sobre el fondo de la cuestión y con el decreto aún vigente, los demandantes solicitaron una nueva prórroga, argumentando que persistían las condiciones que justificaban la suspensión de la norma.

En su apelación, el Estado nacional y el Banco Nación cuestionaron la decisión de Ramos Padilla de conceder una segunda prórroga el 10 de marzo de 2026. La defensa sostuvo que la resolución carecía de fundamentos suficientes, advirtió sobre la demora en la tramitación del expediente y aseguró que no estaban acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora, condiciones necesarias para mantener una medida cautelar.

Además, el Gobierno argumentó que la continuidad de la suspensión afecta el interés público al impedir el avance de una política que, según su postura, apunta a modernizar el funcionamiento de la principal entidad bancaria pública del país.

Sin embargo, los jueces Carlos Vallefín, Emilio Faggi y Roberto Lemos Arias rechazaron esos planteos. En su decisión, descartaron la interpretación oficial de la Ley 26.854, según la cual solo sería posible una única prórroga de una medida cautelar. Para respaldar su criterio, citaron jurisprudencia de la Cámara Contencioso Administrativa Federal que establece que la legislación no prohíbe expresamente extender una cautelar en más de una oportunidad cuando subsisten las razones que motivaron su dictado.

El impacto en la reforma financiera

Desde una perspectiva económica, la resolución prolonga la incertidumbre sobre uno de los proyectos de reforma más relevantes impulsados por el Gobierno para el sistema financiero estatal. Mientras permanezca vigente la cautelar, el Banco Nación conservará su actual estructura jurídica y quedará en suspenso cualquier avance hacia su transformación en sociedad anónima, una iniciativa que el Ejecutivo considera clave para modernizar la gestión de la entidad, pero que seguirá condicionada al desenlace definitivo del proceso judicial.

La Cámara Federal de Apelaciones de La Plata confirmó la medida cautelar vigente y extendió por otros seis meses la suspensión del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 116/25, que habilita el cambio de estructura jurídica del banco estatal. La resolución ratifica el fallo dictado el 10 de marzo de 2026 por el juez federal Alejo Ramos Padilla, quien había prorrogado la cautelar originalmente concedida el 13 de marzo de 2025.

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