Con la entrada en vigencia del Decreto 475/2026, esa prohibición quedó derogada. Esto significa que las operaciones relacionadas con criptoactivos ya no quedan automáticamente excluidas del régimen de exenciones previsto para determinados sujetos alcanzados por la normativa.
ARCA incorpora a las empresas cripto entre los beneficiarios
Uno de los puntos centrales de la reforma es la incorporación de los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV).
Las empresas del sector podrán acceder a la exención del impuesto al cheque sobre las cuentas utilizadas exclusivamente para el desarrollo de su actividad, siempre que cumplan dos condiciones fundamentales:
- Estar inscriptas en el Registro de Proveedores de Servicios de Activos Virtuales administrado por la Comisión Nacional de Valores (CNV).
- Registrar las cuentas bancarias o cuentas de pago en el Registro de Beneficios Fiscales administrado por ARCA.
De esta manera, el Gobierno incorpora formalmente al ecosistema cripto dentro de un esquema tributario que históricamente beneficiaba a otros actores del sistema financiero tradicional.
¿Qué otros sectores alcanzan las nuevas exenciones de ARCA?
La reglamentación no se limita únicamente al mercado de criptomonedas.
Las modificaciones también benefician a otros sectores que participan del sistema de pagos y financiero:
- Empresas de servicios electrónicos de pago y cobranza de facturas e impuestos.
- Agentes oficiales y agencias complementarias de servicios financieros.
- Empresas administradoras de tarjetas de crédito, débito y compra.
- Empresas que administran fondos destinados al pago de bienes y servicios para consumidores finales.
- Transportadoras de caudales registradas ante el Banco Central.
En todos los casos, las cuentas alcanzadas deberán utilizarse exclusivamente para las actividades contempladas en la normativa y cumplir con los registros exigidos por ARCA.
¿Por qué ARCA modificó el tratamiento tributario del sector fintech?
En los fundamentos del Decreto 475/2026, el Poder Ejecutivo sostiene que la decisión responde a la necesidad de adaptar la legislación tributaria a los avances tecnológicos registrados en los últimos años.
Además, considera que existían diferencias de tratamiento entre empresas que realizan funciones prácticamente equivalentes dentro del sistema financiero, pero que soportaban cargas fiscales distintas.
Con esta actualización, el Gobierno busca equiparar las condiciones competitivas entre bancos, empresas fintech, plataformas de pago y proveedores de servicios de activos virtuales que ya operan bajo esquemas regulatorios específicos, especialmente aquellos supervisados por la CNV.
ARCA: Desde cuándo rigen las nuevas exenciones
El Decreto 475/2026 entró en vigencia el 18 de junio de 2026, fecha de su publicación en el Boletín Oficial.
Posteriormente, la Resolución General 5869/2026 reglamentó los procedimientos para acceder a esos beneficios, incorporando las modificaciones necesarias en las resoluciones generales que regulan tanto la liquidación del impuesto como el Registro de Beneficios Fiscales.
Las nuevas disposiciones resultan aplicables a todos los hechos imponibles perfeccionados desde el 18 de junio de 2026, por lo que las empresas alcanzadas podrán solicitar el beneficio siempre que cumplan con los requisitos establecidos por ARCA.
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