Afip da solo 10 días
El contador Domínguez ejemplificó la situación con un caso recibido en su estudio y dio cuenta de la complejidad y cargos administrativos adicionales que esto trae:
"Hay casos de contribuyentes que tienen un volumen de ventas cobradas con tarjeta de crédito, débito y compra muy importante que generan comisiones + IVA crédito fiscal que surgen de comprobantes que no son electrónicos y eso genera diferencias relevantes", como lo pueden ser por ejemplo las comisiones de las tarjetas de crédito, los resúmenes de cuenta bancario, etc.
La AFIP está otorgando diez días hábiles administrativos para acreditar el correcto computo del crédito fiscal declarado o rectificar, si corresponde las Declaraciones Juradas del IVA y los Libros de IVA Digital.
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La Afip refuerza los controles sobre las empresas.
El problema es que la "acreditación" debería ser exhibiendo los comprobantes y el requerimiento indica que se debe contestar mediante presentaciones digitales, lo que llevaría a escanear y adjuntar toda esa documentación es una carga administrativa difícil de poder absorber, ya que hay empresas que tienen miles de comprobantes de liquidaciones de tarjetas de crédito, débito y compras en un año.
De allí que Domínguez recomienda, en ese caso, contestar el requerimiento detallando todos los comprobantes no electrónicos que generan crédito fiscal y manifestar que los comprobantes originales están a disposición en el domicilio.
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