Para la jueza, “las modificaciones introducidas varían sustancialmente las condiciones de mantenimiento del beneficio previsional una vez que los actores cesaron en su período laboral productivo. En este sentido, quienes habían optado por dicho beneficio y bajo cierto régimen, no podrían luego volver a la actividad laboral para continuar ‘adicionando’ años de aportes que pudieran cambiar las condiciones del ya otorgado, ni hacer una nueva previsión de retiro si posteriormente y a través de una norma se decide cambiar las condiciones por cuestiones no atribuibles a la foja laboral de cada jubilado”.
Además, Quagliatti marca que es “resorte del Estado Provincial el evitar el posible desfinanciamiento de la Caja de Jubilaciones protegiendo a sus beneficiarios (…), no resultando, por tanto, oponible una decisión financiera del ente, que pareciera trasladar la responsabilidad del manejo deficiente de los fondos de aquellos quienes aportaron un porcentual de su salario para el mantenimiento del mismo y que hoy parecen achacarle en prejuicio propio”.
Por último, la jueza cuestiona la ley porque “al afectar los beneficios previsionales de los magistrados retirados, la reforma en cuestión vulnera no solo el derecho a la Seguridad Social y los derechos adquiridos de los amparistas, sino también un pilar fundamental de la Organización Republicana, la independencia del Poder Judicial, que exige que las jubilaciones y pensiones de los magistrados se mantengan intactas para evitar cualquier forma de intromisión o debilitamiento de su rol en el Estado”.
Quienes son y cuánto cobran los jueces que hicieron el amparo
- Barbero, Osvaldo Lorenzo, quien cobra una jubilación de $ 6.226.162 y debería realizar un aporte solidario de $ 434.367;
- Bonino, Armando Alberto, quien cobra una jubilación de $ 7.396.876 y debería realizar un aporte de $ 478.426;
- Boasso, Pedro Antonio, quien cobra una jubilación de $ 6.923.736 y debería aportar $ 448.859;
- Camporini, Guillermo Fernando, que cobra una jubilación de $ 9.702.408 y debería aportar $ 637.682;
- Cecchini, Ana María Martha, que entre jubilación y pensiones cobra un total de $ 10.077.092 pesos y debería aportar $ 634.272;
- Cecchini, Francisco Carlos, que cobra una jubilación de $9.083.149 y debería aportar $ 582.473;
- Cosgaya, Raquel Adriana María, que cobra una jubilación de $ 3.762.200 y debería aportar $ 482.997;
- Cripa García, Otto Hugo Ramón, que cobra una jubilación de $ 9.625.196 y debería aportar $ 654.947;
- Cuneo, Darío Luis, que cobra una jubilación de $ 8.398.698 y debería aportar $ 580.651;
- Gandolla, Julia Elena, que cobra una jubilación de $ 7.392.027 y debería aportar $ 508.965;
- Galán, Carmen Gloria, que cobra $ 7.020.978 y debería aportar $ 483.016;
- Martínez Thoss, Eduardo Regulo Agustín, que cobra $ 7.238.596 y debería aportar $ 468.247;
- Ramunno, Luis Alberto, que cobra $ 7.622.547 y debería aportar $ 490.889;
- Rubiolo, Cristina Alicia, que cobra $ 7.425.741 y debería aportar $ 504.927;
- Sedda, Graciela Susana, que cobra $ 6.432.202 y debería aportar $ 457.030;
- Tierra, Raúl Héctor, que cobra $ 6.733.884 y debería aportar $ 467.416;
- Vitantonio, Jorge Rogelio, que cobra $ 8.966.142 y debería aportar $ 622.887;
- Di Marco Laura Graciela María, que cobra $ 4.993.650 y debería aportar $ 357.474.
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