En ese orden, los diputados argumentaron que la iniciativa está motivada "por el profundo malestar que persiste en la sociedad argentina tras las duras medidas de confinamiento" que, aunque necesarias en su momento, generaron situaciones de desigualdad e injusticia.
El proyecto establece que se extinguirán las acciones penales iniciadas bajo el artículo 205 del Código Penal, que sanciona a quienes violan las medidas adoptadas para impedir la propagación de una epidemia. Esta extinción aplicará únicamente a aquellas personas que no estén prófugas, en rebeldía o que no hayan sido citadas a declarar antes de los 60 días desde la promulgación de la ley.
Además, se especifica que las acciones civiles seguirán su curso normal y que no se verán beneficiadas por esta ley aquellas personas imputadas por delitos de mayor gravedad, como la propagación intencional de enfermedades. También excluye expresamente a los funcionarios públicos que cometieron infracciones mientras estaban en ejercicio de sus funciones.
Cabe destacar que recientemente, en la Comisión de Derechos Humanos y Garantías de la Cámara de Diputados, se escucharon testimonios desgarradores de familiares de víctimas que sufrieron debido a las estrictas medidas de confinamiento. Casos como el de Solange Musse, cuya familia fue impedida de acompañarla en sus últimos momentos, resaltan el dolor que provocaron las restricciones.
El proyecto completo a continuación