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Prohibieron el “detector de mentiras" en la Policía, que había impulsado Bullrich

El Ministerio de Seguridad que encabeza Sabina Frederic dictó una resolución por la cual derogó la implementación en las fuerzas de seguridad y en la Policía Federal, del denominado “detector de mentiras”. Se trataba de una medida impulsada por la exministra de la cartera, Patricia Bullrich, destinada a usarse como prueba de ingreso para los aspirantes a integrar los Grupos Operativos Conjuntos de Investigaciones contra el Narcotráfico (GOCIN).

El Gobierno nacional terminó de prohibir el uso del polígrafo, más conocido como el ‘detector de mentiras’, en las fuerzas de seguridad y la policía.

Se trata de una medida que había sido impulsada por la exministra de Seguridad, Patricia Bullrich, y que ahora su sucesora en el cargo, Sabina Frederic derogó a través de la resolución 74/2020.

Para implementar el uso del polígrafo, Bullrich había creado una sección especial denominada Unidad de Pruebas de Polígrafo, que dependía de la Dirección de Prevención de la Corrupción y Ejecución de Pruebas de Integridad.

La idea del gobierno de Mauricio Macri era utilizar el polémico aparato en la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) y las fuerzas de seguridad.

Pero tras el cambio de Gobierno y la instauración de una nueva línea ideológica en materia de seguridad ciudadana, en enero pasado fue descartado en la AFI por parte de la interventora, Cristina Caamaño, argumentando situaciones de ‘coacción’ tras haberse realizado unas 2.500 sesiones.

Con este antecedente, este martes (7/4) el Ministerio de Seguridad derogó la resolución de Bullrich, y prohibió el uso del polígrafo en las fuerzas de seguridad y en la Policía Federal, que ya tenía un uso previsto para los ingresantes a los Grupos Operativos Conjuntos de Investigaciones contra el Narcotráfico (GOCIN).

En los fundamentos de su prohibición al uso del polígrafo, Frederic argumentó que “los Estados con tradiciones y sistemas jurídicos análogos a nuestro país descartan su utilización, por considerarlos lesivos de derechos y garantías individuales y por trasuntar una forma de cosificar a la persona humana, contraria a su dignidad”.

Y tras citar a especialistas en el uso de este aparato, concluye que “la inviabilidad jurídica de admitir la validez de este presunto medio de prueba también se proyecta al ámbito administrativo”.

También cita a la Constitución Nacional que “determina que nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo y que es inviolable la defensa en juicio de la persona y de los derechos (art. 18); y consagra el principio de inviolabilidad de la dignidad humana (arts. 33 y 75, inc. 22)”.

“Que las razones expuestas obligan a asumir que la prueba de polígrafos es incompatible con los principios y garantías de nuestro Estado de Derecho y, consecuentemente, con un modelo de seguridad democrática y ciudadana”, prosigue.

Y acerca del uso de los aparatos, la norma aclara que resulta “necesario requerir a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN, BIENESTAR, CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL que, con la colaboración de la SUBSECRETARÍA DE CONTROL Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL, arbitre las medidas tendientes a determinar un uso o destino adecuado para los polígrafos, en función de su posible aplicación en ámbitos académicos y médicos”.

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