Además, el fallo del máximo tribunal firmado por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkratz y Ricardo Lorenzetti, avaló lo planteado por el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, quien dictaminó que es inconstitucional el artículo de la Constitutción de Formosa que permite la reelección indefinida del gobernador. Los dictamenes de la Procuración, que actúa en el proceso como el representante de la sociedad, son opiniones no vinculantes para el máximo tribunal, pero en este caso están alineados.
En los hechos, Casal dijo “el sistema republicano consagrado en la Constitución Nacional y que las provincias se han obligado a respetar implica la limitación del poder. Las múltiples reelecciones sucesivas -potencialmente indefinidas- conspiran contra la finalidad propia del Estado de Derecho que tuvieron en mira nuestros constituyentes, pues dado el modo de funcionamiento de nuestras instituciones, la perpetuación en el poder erosiona el principio de separación de poderes”.
Y es que el polémico artículo de la Constitución formoseña establece que "el Gobernador y el Vicegobernador durarán cuatro años en el ejercicio de sus cargos, y podrán ser reelectos", consagrando así, sin más, la posibilidad de su reelección indefinida.
"Considera que la norma cuestionada resulta violatoria de lo dispuesto por el artículo 5º de la Constitución Nacional, en función de lo establecido por los artículos 1º de la Ley Fundamental y 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, razón por la cual solicita que se inhabilite al señor Insfrán a oficializar su candidatura ante el Tribunal Electoral Permanente provincial para un nuevo período", reza el fallo de la Corte Suprema al que accedió Urgente24.
“No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, agrega el fallo.
De todos modos, y anticipandose a este fallo judicial, Gildo Insfrán llamó a una reforma constitucional en su provincia y está dispuesto a aprobar una reforma que proponga una sola reelección, pero que se empiece a contar desde 2027. Esto lo habilitaría a dos períodos más.
El fallo de la Corte Suprema a continuación