Fundamentos
En los considerandos del proyecto de lee:
- "Cabe destacarse, asimismo, que la tributación sobre este tipo de rentas es un elemento clave de la recaudación fiscal. Dentro de la mecánica del Impuesto a las Ganancias se prevé que, en la mayoría de los casos, la totalidad de las ganancias generadas por empresas y otros contribuyentes abarcados por la tercera categoría de rentas pueden deducir de su base imponible, entre otros conceptos, el salario pagado a sus trabajadores."
- "Esto implica que el Estado Nacional vea reducida su recaudación por el Impuesto a las Ganancias sobre dichas empresas en forma directamente proporcional al valor de los salarios que pagan. Dadas las altas alícuotas a las que tributan dichas empresas (que van del 25% al 35%), se puede fácilmente apreciar que de no gravarse en cabeza del sujeto receptor de pagos deducible el respectivo Impuesto a las Ganancias, la pérdida de la recaudación será excesiva."
- "Sin embargo, el Estado Nacional entiende y reconoce que el sujeto gravado sobre sus ingresos personales debe estar sujeto a un régimen de tributación especial que efectivamente reconozca su capacidad contributiva individual y las circunstancias de su caso particular. Al no tratarse el contribuyente de una empresa, se debe crear un régimen que tome en consideración su especial situación individual e imponga una carga acorde a sus circunstancias."
Una opinión
César Litvin, especialista en tributación, compartió con Noticias Argentinas su análisis sobre el proyecto que será tratado en el Congreso en las próximas horas: la novedad de la iniciativa es la progresividad mediante las nuevas escalas:
- “Se deja de lado la técnica del gobierno anterior, que tomaba el piso en lugar del mínimo no imponible y le aplicaba la alícuota más alta”.
- Con este cambio de normativa, “cuando el asalariado alcanza el mínimo no imponible, se aplican las escalas más bajas, otorgándole la progresividad propia del impuesto”.
- Otro de los beneficios es que el proyecto contempla distintos dictámenes respecto del tratamiento de horas extra, bonos por productividad y fallos de caja, “que hacen que haya mayores deducciones y por ende se pague menos impuesto”.
- Sin embargo, la iniciativa no equipara la situación de los autónomos, “que siempre quedan relegados" en las actualizaciones tributarias.
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