La acordada fue rubricada por los ministros Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda, Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti. La disposición sostiene, no obstante, que “todo el personal judicial que concurra a los tribunales y dependencias para prestar servicios que deberá adoptar todas las medidas de prevención, higiene, movilidad y transporte emanadas de las autoridades competentes en el respectivo ámbito”.
Y quedará a criterio de la superintendencia de cada área decidir la forma de convocatoria atendiendo a las particularidades edilicias de cada dependencia.
"Los mayores de 60 años que tengan al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19, podrán ser convocados por las respectivas autoridades a prestar servicios en forma presencial una vez transcurridos 14 días de la inoculación”, indicó la Corte.
Frente a ello los convocados deberán “acreditar sin demoras ante la respectiva autoridad jerárquica si han recibido alguna dosis de las referidas vacunas con carácter de declaración jurada”.
Los ministros subrayaron que en ese contexto las autoridades que ejercen la superintendencia -es decir, las responsables de cada edificio- deberán adoptar “las acciones tendientes a adecuar la actuación de los tribunales a las particulares circunstancias de su circunscripción territorial”, acompañando “las políticas implementadas en materia de salud por las autoridades nacionales y locales, a fin de no poner en riesgo los objetivos de salud pública perseguidos”.