El planteo cobra especial relevancia a pocos días de una nueva reunión del Consejo del Salario, convocada por el Gobierno para el 28 de agosto, donde sindicatos y empresarios deberán discutir una actualización del SMVyM, actualmente ubicado en $376.600.
Desde su conformación, el espacio adoptó una impronta federal orientada a respaldar las demandas salariales y laborales frente a las consecuencias generadas por las políticas gubernamentales, entre las que el sector identifica la licuación de los ingresos, el ajuste fiscal, los incrementos tarifarios y la apertura comercial indiscriminada.
Medidas federales y organizaciones sindicales
Entre las primeras medidas de fuerza impulsadas por el FreSU se destacan las movilizaciones de rechazo a la Reforma Laboral llevadas a cabo frente al Congreso de la Nación, así como las protestas replicadas en Córdoba Capital y en Rosario, donde se reclamó a los gobernadores el rechazo a la iniciativa impulsada por el presidente Javier Milei.
A su vez, en marzo, distintos referentes recorrieron la provincia de Tierra del Fuego para solidarizarse con los trabajadores metalúrgicos ante el cierre de establecimientos industriales.
El FreSU nuclea a organizaciones gremiales pertenecientes a las tres centrales obreras del país, abarcando a entidades como la UOM, ATE, la Federación Aceitera y Desmotadora, Conadu y Conadu Histórica, Fesprosa, además de gremios del sector aeronáutico, marítimo, fluvial, molinero, papelero y vial.
El encuentro buscará articular los conflictos que atraviesan trabajadores de distintas actividades y provincias.
Plenario y reivindicación histórica
Cabe recordar que el pasado 1° de Mayo, la organización celebró su Primer Plenario de Delegadas y Delegados, en el cual se aprobó formalmente el Programa Unidad, Lucha y Rebeldía para Recuperar la Patria. En dicho documento, el espacio ratificó su postura institucional:
"Reivindicamos el derecho al trabajo y a un Salario Mínimo Vital y Móvil según su definición en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el Artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores en su jornada legal de trabajo una vida digna, mediante la satisfacción de las 9 necesidades allí contempladas: alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión". "Reivindicamos el derecho al trabajo y a un Salario Mínimo Vital y Móvil según su definición en el Artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el Artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores en su jornada legal de trabajo una vida digna, mediante la satisfacción de las 9 necesidades allí contempladas: alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte, esparcimiento, vacaciones y previsión".
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