En el caso de que se compruebe que el conductor ha superado el 0 gramo de alcohol por litro de sangre y/o conduzca bajo los efectos de drogas o estupefacientes y/o lo haga con impedimentos físicos que dificulten la conducción, el personal a cargo del operativo podrá labrar una multa y/o inhabilitación para conducir vehículos o determinada categoría de los mismos.
En ese caso se deberá retener la licencia habilitante conforme lo determine el Juez interviniente por el tiempo que establece la Ley de la Provincia de Buenos Aires N°15.002 – art. 7.
En el ámbito nacional, el 95% de los siniestros viales se producen por una falla en el factor humano, es decir, que los individuos son los responsables de los siniestros viales con resultado muerte o lesiones gravísimas, por lo que resulta imperiosa la necesidad de tomar medidas para impedir que se produzcan estas muertes evitables.