En ese sentido, indicó que “el 51% de los argentinos son personas menstruantes”. “ Es una cuestión de derechos humanos y de igualdad ante la sociedad que estos productos de primera necesidad puedan estar al alcance de estas mujeres. El no tener acceso a ellos en la vida cotidiana aumenta las posibilidades de ausentismo escolar, infecciones, precarización económica, etc.”, resaltó.
Los requisitos para exigir la aplicación de la ley deberán ser establecidos por el Poder Ejecutivo Nacional, quien deberá determinar el grado de vulnerabilidad de la persona para la recepción de los elementos necesarios.
Ya alguien lo propuso:
El año pasado, La senadora Andrea Blandini (Mendoza) presentó en la Legislatura provincial un proyecto para lograr que todos los productos de gestión menstrual sean distribuidos en efectores del estado de manera efectiva, gratuita e irrestricta.
También propone que se categoricen estos productos como "insumos básicos y necesarios" ya que "contribuyen a la salud de toda persona menstruante".
Se consideran productos de gestión menstrual: tampones, toallitas higiénicas (descartables o reutilizables), tampones, copas menstruales, esponjas marinas, ropa interior absorbente y todo otro accesorio para la higiene relativa al ciclo menstrual que en el futuro se desarrolle.