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ARA San Juan: El fallo que pondrá en jaque a la defensa nacional

El veredicto del tribunal de Santa Cruz cierra una etapa judicial (ARA San Juan), pero comienza un debate que pone en jaque la doctrina de la Armada Argentina.

A 9 años de la tragedia del submarino ARA San Juan, y luego de un largo periodo de instrucción y posterior elevación a juicio oral, un tribunal ignorante de las elementales reglas del arte y la ciencia de navegar pronunció un fallo que al decir de todas las fuentes cercanas al proceso consultadas intentó ser más políticamente correcto que procesalmente justo.

(N. de la R.: Los 3 jueces ignorantes son Mario Gabriel Reynaldi -presidente del tribunal-, Luis Alberto Giménez y Enrique Nicolás Baronetto).

Mientras que desde las querellas se buscó parangonar este juicio con el llevado adelante contra los militares imputados por delitos de lesa humanidad, desde el ámbito castrense se marca un interesante contrapunto.

Muchos militares terminaron presos de por vida por el testimonio de un solo testigo que los señaló en el tribunal. En este proceso 90 testigos profesionales todos dieron testimonio en un sentido y el tribunal no los tuvo en cuenta”.

Al menos 4 auditores militares en actividad y retiro coinciden en señalar que los jueces no hicieron más que repetir lo actuado en el ámbito administrativo por el Consejo de Guerra instruido durante la gestión del ex ministro de defensa Agustín Rossi (en noviembre de 2021).

Un oficial superior auditor:

En mi opinión el tribunal siempre tuvo en claro que al margen de los argumentos que han sostenido las querellas, la fiscalía y las distintas defensas de los imputados sería materialmente imposible alcanzar el umbral de certeza mínimo para producir condenas con fundamentos sólidos. Así las cosas, lo más práctico fue cargar las tintas contra el hoy Capitán de Ultramar Claudio Villamide (Ex Comandante de la Fuerza de Submarinos) con el único aval del pronunciamiento de tribunal militar de 2021 que lo destituyó por la supuesta comisión de una falta disciplinaria considerada gravísima. En mi opinión el tribunal siempre tuvo en claro que al margen de los argumentos que han sostenido las querellas, la fiscalía y las distintas defensas de los imputados sería materialmente imposible alcanzar el umbral de certeza mínimo para producir condenas con fundamentos sólidos. Así las cosas, lo más práctico fue cargar las tintas contra el hoy Capitán de Ultramar Claudio Villamide (Ex Comandante de la Fuerza de Submarinos) con el único aval del pronunciamiento de tribunal militar de 2021 que lo destituyó por la supuesta comisión de una falta disciplinaria considerada gravísima.

Los 3 jueces ignorantes son Mario Gabriel Reynaldi, Luis Alberto Giménez y Enrique Nicolás Baronetto.

Submarino

El Contraalmirante Auditor retirado Raul Lachnicht, ex Auditor General de las FFAA sostiene:

El Consejo de Guerra en cuestión, que resolvió sobre el naufragio del “San Juan”, no contaba entre sus integrantes a ningún personal militar de la Armada Argentina, lo que no es un dato menor, y que explica lo desacertado de su resolución. De encontrarse en vigencia el Código de Justicia Militar derogado en 2008 el naufragio del Submarino A.R.A. “San Juan” hubiera tenido encuadre en el Libro II Título VIII del citado Código denominado “Infracciones referentes a embarcaciones y aeronaves”. En el articulado del citado Título se contemplaban más de treinta tipos de delitos y faltas, desde el artículo 781 al 811, inclusive, y en ninguno de los distintos supuestos previstos se le hacían imputaciones de responsabilidades penales o disciplinarias a quienes formaban parte de la escala de Comando superior de la cual dependiesen los comandantes directos de las unidades afectadas, averiadas o hundidas, sean buques o aeronaves. Asimismo, las penas o sanciones severas solo se contemplaban cuando la pérdida del buque o aeronave fuera por dolo y no por culpa. El Consejo de Guerra en cuestión, que resolvió sobre el naufragio del “San Juan”, no contaba entre sus integrantes a ningún personal militar de la Armada Argentina, lo que no es un dato menor, y que explica lo desacertado de su resolución. De encontrarse en vigencia el Código de Justicia Militar derogado en 2008 el naufragio del Submarino A.R.A. “San Juan” hubiera tenido encuadre en el Libro II Título VIII del citado Código denominado “Infracciones referentes a embarcaciones y aeronaves”. En el articulado del citado Título se contemplaban más de treinta tipos de delitos y faltas, desde el artículo 781 al 811, inclusive, y en ninguno de los distintos supuestos previstos se le hacían imputaciones de responsabilidades penales o disciplinarias a quienes formaban parte de la escala de Comando superior de la cual dependiesen los comandantes directos de las unidades afectadas, averiadas o hundidas, sean buques o aeronaves. Asimismo, las penas o sanciones severas solo se contemplaban cuando la pérdida del buque o aeronave fuera por dolo y no por culpa.

Como corolario del proceso podría inferirse que las querellas lo han considerado insuficiente pero esperanzador, los tres oficiales absueltos obtuvieron un respiro aunque esperarán la ya anunciada apelación tanto de la fiscalía como de las dos querellas, el tribunal expondrá los fundamentos de la sentencia en los próximos días y el único “culpable” conservará su libertad ambulatoria aunque su buen hombre, honor y trayectoria profesional hayan sido ofrendas dadas en el altar de un supuesto acto de justicia.

Hasta aquí, una breve reseña hecha por un simple marino devenido en simple periodista.

Lo peor está por venir

Sin la menor pretensión de mezclar las aguas, el fallo llega en forma contemporánea a la constatación del más grande, perverso y mentiroso relato gubernamental en materia de política de defensa dado por parte de un gobierno desde la recuperación de la democracia a la fecha.

“Los que venían a poner en valor material, moral y social a las FFAA las han desangrado de la mano de un personaje que uso el ropaje militar para cumplir quien sabe que fantasías pendientes de realización, arrasando a su paso con la obra social militar, el presupuesto operativo de las FFAA, y la encaminada recuperación salarial”, sostiene un reconocido oficial ingeniero militar.

Las FFAA fueron transformadas en usinas de producciones audiovisuales y hasta la adquisición de aviones de caza de 40 años de antigüedad fue presentada como si se tratara de nuevo modelo de automóvil en un insólito show poco digno al decir de los muchos oficiales de la FAA presentes en aquella ocasión.

Las Fuerzas Armadas en general y la Armada Argentina en particular, parecen estar destinadas a seguir -al menos en el mediano plazo- administrando pobreza extrema tanto en el frente salarial como operativo.

Son los propios voceros militares los que indican que las adquisiciones recientemente realizadas fueron posibles merced al retaceo de fondos para incrementar los salarios militares a los que suman una reciente poda de 40.000 millones de pesos que afectan directamente a la operatividad de las fuerzas.

La decadencia militar

Un ex jefe de prensa de la Fuerza Aérea en diálogo con diversos medios de prensa manifestó en las últimas horas que uno de los pilares del proyecto F16 acaba de pedir el retiro para ir a trabajar una empresa de taxis aéreos que le cuadriplicó el magro salario de 1.200.000 que percibía como piloto de caza.

La otrora poderosa Flota de Mar está diezmada y vetusta. 3 destructores con 43 años de antigüedad y 6 corbetas de las cuales solo una fue recibida por la fuerza naval en el presente siglo conforman el elenco de “Fierros pesados” siendo complementados con buques logísticos y auxiliares de antigüedad en algunos casos superior a los anteriores.

Solo la Adquisición de los 4 patrulleros oceánicos (de uso policial mas que militar) pueden considerarse dignas de una Armada moderna.

En este contexto y con un todopoderoso Ministro de Desregulación que exuda “conocimientos” en materia naval y marítima al sostener que el país no necesita flota militar porque en unos años la defensa será ejercida a fuerza de drones, el almirantazgo nacional deberá resignarse a imaginar una marina de guerra sin submarinos, sin aviación naval de ataque, sin buques anfibios y a apelar a un cada vez mayor despliegue de talento, ingenio y profesionalismo de sus cuadros para hacer operativos medios que otras potencias navales mandarían a desguace.

Y es en este punto donde el reciente fallo judicial cala profundo en el corazón del arte del mando naval.

Lo que hasta la fecha fue motivo de jactancia y orgullo por parte de los uniformados capaces de hacer navegar hasta a las piedras, drásticamente virará a presunto incumplimiento de deberes, estrago doloso y varios delitos conexos ante la menor denuncia.

  • ¿Están los militares dispuestos a dar la vida por la Patria? Sin lugar a duda sí.
  • ¿Están los militares dispuestos a poner en riesgo su libertad y honor por operar con medios atados con alambre? Permítanme dudarlo.

Muy importante

La sentencia judicial rompe literalmente un precepto que impera a bordo de cualquier buque militar, mercante o pesquero que determina que la máxima autoridad es el Capitán o Comandante.

Así como un Comandante de Fuerza puede ordenar a una unidad bajo su mando realizar tal o cual misión, un gerente operativo de una empresa naviera puede ordenarle a un buque de su flota proceder a tal o cual puerto.

Lo que ninguna autoridad militar o civil puede hacer es ordenarle a quien está en el puente de mando de la nave como hacerlo ya que solo quien está en la escena tiene todos los elementos de juicio necesarios para tomar la decisión más adecuada.

Es así de simple y rige desde que el hombre si hizo a la mar flotando en un tronco hace alrededor de 26 siglos.

A partir de mañana los comandantes de una unidad naval serán un poco menos comandantes y sus superiores directos serán en forma virtual tripulantes de los buques que administrativamente se encuentran bajo su mando, sostiene un veterano navegante en retiro.

El criterio de calificación del estado del material naval previo a la zarpada de una unidad de la flota militar fue cuestionado duramente durante el juicio recientemente finalizado. Ese sería el mal menor dado que llegado el caso se puede modificar, modernizar o cambiar de raíz.

No obstante, la disyuntiva que se abre esta dada por quien es finalmente el que con su firma determina que todo está apto para la zarpada y que ocurrirá en el no deseable pero posible caso de que algo salga mal con el reparto de responsabilidades a lo largo de toda la cadena de mandos por encima de la máxima autoridad a bordo.

El viejo axioma naval que habla de “La soledad del Comandante” debería ser modificado por alguno que refiera a “La soledad que el Comandante comparte con sus superiores”.

Según se nos enseña de cadetes, “Navegar es el arte y la ciencia de conducir una embarcación con seguridad desde un punto a otro del planeta”.

A partir de mañana y al menos para los navegantes de la Armada Argentina navegar será un poco más complicado. Un delicado equilibrio entre ciencia, arte, carencia de medios adecuados y amor por la Patria bajo la protección de la Virgen Stella Maris y el férreo control del Código Penal de la Nación.

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