El caso llegó a la Corte con una queja que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, fue desestimada.
Defraudación
El otro caso es la causa CSJ 864/2022/RH1 - Recurso de hecho deducido por la defensa de Luis Alberto Lobos Gras en la causa Lobos Gras, Luis Alberto y otros s/ defraudación en perjuicio de la administración pública.
En el caso se acreditó que en 2011, María Elena Fernández, junto a su hija Claudia Sgró, incorporaron a Laura Fara como empleada de la municipalidad de Guaymallén, sin que ella lo supiera, porque solo se le había ofrecido recibir “ayuda económica” del municipio.
Fara era empleada doméstica de Fernández y cobró el sueldo respectivo desde agosto de 2011 hasta noviembre de 2015.
Para llevar a cabo esa maniobra, se habrían valido del cargo público desempeñado por Lobos Gras, esposo de Sgró, quien entonces era presidente del Concejo Deliberante de esa ciudad y, a partir de diciembre de 2013, pasó a ser intendente.
En el expediente se acreditó que Lobos Gras “gestionó” que Fara fuera al 4to. piso del edificio municipal y realizara ciertos trámites.
Luego de ello,Fernández retuvo la tarjeta de débito de su empleada, percibió los sueldos que se fueron depositando y le entregó a Fara un monto mínimo en concepto de “ayuda económica”, ocultándole su condición de empleada municipal.
Idéntica operatoria realizó Fernández en 2014 con el hijo de Fara, Pablo Muller.
Ninguno de los 2 empleados municipales prestó efectivamente servicio alguno para el ente público. En mayo de 2015, Lobos Gras, en su carácter de intendente, con conocimiento de todas las circunstancias señaladas y con el objeto de continuar beneficiando a su suegra, promocionó y ascendió de categoría a los nombrados.
El 2do. Tribunal Penal Colegiado de la 1ra. Circunscripción Judicial de Mendoza condenó por el delito de defraudación por administración infiel en perjuicio de la administración pública
- a Lobos Gras a 4 años y medio de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, como autor necesario;
- a su esposa, a 3 años y 4 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos como partícipe necesario.
La defensa apeló esa sentencia hasta llegar a la CSJN que, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, desestimó el planteo. De esta manera ambas condenas quedaron firmes.
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