La Sala V ratificó el fallo del 13 de julio de Tatarsky considerando que en el caso "se prefiguran los elementos objetivos que tornan obligatorio el procedimiento preventivo de crisis".
Según un comunicado de los trabajadores de la agencia, la medida adoptada confirma la "nulidad" de la mecánica aplicada a los 357 despidos dispuestos.
"Al confirmar un fallo sobre cinco trabajadores en el que estableció una regla de orden general: es ilegal -para todos los casos- despedir masivamente sin realizar el Procedimiento Preventivo de Crisis. Los efectos de este fallo de alzada se replicarán a los demás trabajadores despedidos", argumentaron.
"Si bien es cierto que la declaración de los funcionarios, emergente de recortes periodísticos orales, gráficos y televisivos no constituye una prueba indubitable de la existencia de la discriminación por razones ideológicas, estas afirmaciones de los responsables políticos del área den pábulo a la posibilidad de existencia de discriminación, esto es, a la verosimilitud del presupuesto del derecho. En la medida en que esto y no la certeza o la constitución de una verdad jurídica es el objeto de la decisión cautelar es el objeto de prueba en una cautelar el recurso debe considerarse desierto en el punto", dice en otro tramo la sentencia conocida esta mañana (22/8).
El magistrado consideró que no otorgar la cautelar "tornaría ilusorio los derechos que los trabajadores pretenden salvaguardar".
El servicio de la agencia de noticias estatal Télam se encuentra paralizado desde el 26 de junio pasado por el conflicto desatado a raíz de los despidos en la entidad, donde se hizo un toma pacífica de ambas sedes de la dependencia.