Este antecedente devuelve el principio de sustitutividad (relación razonable entre el ingreso en la etapa activa –salario- con el de la etapa pasiva –jubilación), a quienes más aportaron en el pasado, más aportan en la actualidad y más aportarán en el futuro, es decir, el segmento de la población de salarios altos, permitiendo que sus jubilaciones tengan cierta proporcionalidad entre los ingresos en actividad y los haberes de pasividad.
Respecto a la declaración de inconstitucionalidad del impuesto a las ganancias para las jubilaciones, el fallo demuestra la incompatibilidad de la aplicación del impuesto con la garantía de integridad, proporcionalidad y de sustitutividad, que consagra la Constitución Nacional.
Esta decisión de la Cámara de la Seguridad Social pone límites a la voracidad del ANSeS que, también durante el actual gobierno, sostuvo en sede judicial que los jubilados deben pagar impuestos a las ganancias y, a su vez, no reconoció el principio de sustitución a millones de argentinos, lo que le permitió confiscar de manera ilegítima miles de millones de pesos en fondos previsionales.