El documento también señala que "el denunciante señaló que podrían tener encuadre típico bajo las figuras de impedimento o estorbo del acto funcional e incumplimiento de los deberes de funcionario público (arts. 241 inciso 2 y 248 del Código Penal)".
El dictamen señala que "corresponde dar inicio a una investigación" que permita "alcanzar un grado de conocimiento suficiente para comprobar o descartar la efectiva concurrencia" de un delito.
Pollicita inició formalmente la investigación y pidió una serie de medidas de prueba. El juez de la causa es Daniel Rafecas.
Pollicita resume cuál es el eje central de la denuncia de Nisman. "En el caso, según la hipótesis sostenida en la denuncia, Cristina Fernández de Kirchner, Héctor Timerman, Luis D’Elía, Fernando Esteche, Jorge Khalil, Andrés Larroque, Héctor Yrimia y un individuo identificado como Allan, habrían realizado aportes para ayudar a los imputados de un delito especialmente grave (el atentado terrorista contra la AMIA) cometido por otros (los acusados iraníes), a eludir la investigación que se está llevando adelante ante el Juzgado N° 6 del fuero y la Unidad Fiscal AMIA así como a sustraerse de las órdenes de captura internacional dispuestas respecto de algunos de ellos".
Y agrega: "En concreto, se expone en la denuncia que efectivamente los aquí imputados habrían desarrollado acciones con entidad para liberar de responsabilidad a los iraníes identificados como responsables de la voladura de la AMIA y para que éstos puedan sustraerse de la acción de la justicia".
Las medidas de prueba solicitadas por el fiscal se mantienen bajo reserva, pero según informó el canal TN, entre las mismas que debe autorizar el juez Rafecas se encuentran:
>que se dicte el secreto de sumario para la investigación;
>y que se desgraben las escuchas que Nisman presentó como prueba para sostener su denuncia.
Parte de esas escuchas ya se habían conocido. Puntualmente, conversaciones entre le piquetero Luis D'Elía y Jorge Khalil, un operador de Irán en la Argentina y también imputado por el fiscal.