# Los políticos en el veredicto
El Tribunal consideró que "los recursos volcados en esta investigación, las groseras irregularidades perpetradas determinaron que la responsabilidad internacional del estado argentino se encuentre seriamente comprometida al no ajustarse la pesquisa a los estándares exigidos por el derecho internacional de los derechos humanos", haciendo referencia al funcionarios del gobierno del ex presidente Menem.
El Tribunal considera que "la investigación no fue imparcial ni independiente", aludiendo a Toma y ya de modo más explícito manifestó que "(Toma) debió recurrir a una ingeniosa argumentación para impedir el acceso a las actuaciones en las que supuestamente había sido investigado".
Además, el Tribunal agrega que "el nombrado no podía desconocer que la sospecha de un pago a Telleldín, efectuado con dinero y la intervención de funcionarios de la Secretaria de Inteligencia, como así también el desconocimiento oficial invocado y mantenido por el organismo que en ese momento dirigía, claramente constituían hechos de una relevancia sustancial en el trámite de la presente causa, por lo que en modo alguno podían ser relativizados bajo el parámetro de que no se trataba de una cuestión novedosa".
Una reliquia que atesora la causa es la relación que existía entre Cristina Fernández de Kirchner junto a otra también ignota persona, por aquel entonces, llamada Jaime Stiusso (el mismo que Gustavo Beliz se dedicara a denunciar horas después de que fuera destituido de su cargo) se dedicaron a trabajar para aportar información sobre la pista siria.
Por otro lado, Carlos Corach, ex ministro del Interior, aparece en el veredicto, pero no tan demonizado como otos medios lo presentan.
# Los sospechosos en libertad
Los sospechosos de haber participado del atentado son, en orden de gravedad del delito que se les imputa: CARLOS ALBERTO TELLELDÍN; ; JUAN JOSÉ RIBELLI ; RAÚL EDILIO IBARRA, ANASTASIO IRENEO LEAL; MARIO NORBERTO BARREIRO; BAUTISTA ALBERTO HUICI, VÍCTOR CARLOS CRUZ, ; MARCELO GUSTAVO ALBARRACÍN, CLAUDIO WALTER ARAYA, JORGE HORACIO RAGO; DIEGO ENRIQUE BARREDA; JUAN ALBERTO BOTTEGAL; ALEJANDRO BURGUETE; JOSÉ MIGUEL ARANCIBIA; OSCAR EUSEBIO BACIGALUPO; DANIEL EMILIO QUINTEROS; ARGENTINO GABRIEL LASALA; ARIEL RODOLFO NITZCANER; HUGO ANTONIO PÉREZ; MIGUEL GUSTAVO JAIMES; MARCELO DARÍO CASAS; y EDUARDO DIEGO TOLEDO.
Desde que ocurrió la masacre hasta el 13 de abril de 2004, los fiscales a cargo de la causa fueron Eamon Gabriel Mullen y José Carlos Barbaccia, luego reemplazados por Miguel Ángel Romero y Alberto Nisman.
En la primer parte del veredicto se recoge las conclusiones a las que Mullen y Barbaccia arribaron. La dos más contundentes son:
1) "En su libelo los representantes del Ministerio Público Fiscal también sostuvieron la participación necesaria de Carlos Alberto Telleldín, Juan José Ribelli, Raúl Edilio Ibarra, Anastasio Ireneo Leal y Mario Norberto Bareiro en el atentado cometido contra las sedes de la "A.M.I.A." y de la "D.A.I.A.";
2)Con respecto a la lista de sospechosos (con excepción de Telleldin), "(los fiscales) tuvieron por probado que la totalidad de los oficiales y suboficiales de la Policía Bonaerense imputados en estas actuaciones conformaban una asociación ilícita destinada, en el caso, a cometer los delitos de extorsión, secuestro extorsivo, privación ilegal de la libertad, falsedad ideológica de instrumentos públicos y falso testimonio".
Mullen y Barbaccia concluyeron que "las conversaciones telefónicas entre los imputados permitieron demostrar, de manera inequívoca, el grado de conocimiento y compromiso que todos ellos tuvieron con el atentado". La pregunta que la mayoría de las personas se hacen es ¿cómo se pasó de considerar a los sospechosos culpables a considerarlos inocentes de culpa y cargo?
Los sospechosos fueron muy bien asesorados por un grupo de abogados y por ejemplo, Carlos Alberto Telleldín manifestó que si conocía a Bareiro y Barreda, era porque ambos oficiales habían sido clientes de un cabaret ubicado en América y General Paz y de un servicio de acompañantes de la zona, ambos propiedad de Telledín.
Pero luego del cambio de fiscales, la justicia dispuso que la querella unificada D.A.I.A., A.M.I.A. y "Grupo de Familiares" había incurrido en un error (o en un vacío legal que supo ser aprovechada por la defensa de los sospechosos).
Para la querella "Telleldín debía ser condenado como partícipe necesario de los delitos de homicidio, lesiones gravísimas, graves y leves, doblemente calificados por odio racial y religioso y por uso de medio idóneo para crear un peligro común y daño, todos ellos en concurso real".
"Memoria Activa" consideró que existían indicios de que Telleldín tuvo conocimiento de que habría de participar en un atentado, aunque ignorando que el destino final de la Trafic que entregó sería la sede de la A.M.I.A.
Pero el Tribunal explicó el motivo de absolución: "Cabe advertir que, aún de admitirse que Telleldín acondicionó la camioneta de manera especial, nada indica que lo hubiera hecho con conocimiento de que sería empleada para transportar una carga explosiva".
Pero el Tribunal consideró que Telleldín habría participado en el atentado sólo en dos casos o bajo dos móviles. Uno, por cuestiones ideológicas o dos, para obtener un lucro o provecho económico.
"Con relación a las primeras, no obra en autos constancia alguna que autorice a presumir que Telleldín adhería a alguna ideología política, religiosa o de cualquier otro tipo, que explique su participación en el atentado a la A.M.I.A.. No se arrimaron al proceso probanzas acerca de una supuesta adhesión a grupos políticos o religiosos o, mucho menos, que estuviera identificado con algún grupo terrorista (...) En cuanto a la existencia de motivos de índole económica que podrían haber guiado su conducta, tampoco se verificó pago o retribución alguno por el aporte que se le imputa a Telleldín No sólo ello no sucedió, sino que, por el contrario, se comprobó que la situación económica de Telleldín y su grupo familiar era, cuanto menos, ajustada", consideró el Tribunal a favor del reducidor de autos.
Lo mismo sucedería con Ribelli ya que "no se demostró el conocimiento ni la voluntad de contribuir a la perpetración de un hecho terrorista".
El juez Claudio Bonadío manifestó que leerá con detención los tres tomos del veredicto para resolver si cita a declaración indagatoria a Hugo Anzorreguy y al juez federal Juan José Galeano como así también sea posible la citación de los fiscales Nisman y Carlos Cearras (quienes consideran que tanto Anzorreguy como Galeano deben ser imputados por supuestos delitos cometidos por el pago ilegal de US$ 400.000 Carlos Telleldín).