"La norma, que está en la misma línea que lo resuelto por la Secretaría de Comercio interior respecto de la transmisión de los partidos de los clubes más convocantes, Boca y River; estipula que “deberá transmitirse en vivo y en directo por Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado, a través de la Televisión Digital Abierta (TDA) terrestre o satelital, o cualquier medio alternativo creado o a crearse en el futuro de acceso libre y gratuito, para todo el territorio nacional, al menos una tercera parte de los encuentros de Primera División que se disputen en el marco de los torneos organizados por la Asociación del Fútbol Argentino".
En tanto aclara que “el producido generado por la comercialización de publicidad durante las transmisiones" se destinará conforme la siguiente distribución:
a) cincuenta por ciento (50%) al desarrollo de infraestructura deportiva infanto-juvenil en poblaciones vulnerables;
b) treinta por ciento (30%) a la Asociación del Fútbol Argentino;
c) veinte por ciento (20%) al financiamiento de las actividades de Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado.
Los derechos de publicidad conservados por los clubes serán respetados, y no podrán ser afectados ni alterados por medio tecnológico alguno”.
Inicialmente, el programa Fútbol Para Todos iba a financiarse con publicidad privada, pero luego el Estado terminó siendo el único anunciante, por lo que las transmisiones de los partidos se mezclaban con propagandas para ensalzar la gestión del entonces gobierno de Cristina Kirchner y, atacar a opositores. Con la llegada de Mauricio Macri, el esquema continuó durante el primer año de gobierno, pero se discontinuó en 2017.
"Es nuestra convicción que este Senado debe velar por el más pleno y amplio ejercicio de los Derechos de todos los habitantes de nuestro país dictando leyes que posibiliten el acceso público a contenidos informativos de interés relevante, entre los que, sin ninguna duda el Futbol Argentino se encuentra encuadrado. El lugar que el fútbol ocupa en la identidad cultural argentina es un elemento ineludible a tener en cuenta a la hora de analizar los elementos que pueden determinar que la garantía de su acceso libre, gratuito y en condiciones de igualdad sean declarados con motivos de interés público”, sostiene el comunicado.