Una vez cumplida esta medida, el Tribunal deberá expedirse “acerca de la caución fijada a Martín Antonio Báez atendiendo a los límites del acusatorio de acuerdo a lo dictaminado por los representantes del Ministerio Público Fiscal y las consideraciones expuestas en la presente”.
Los camaristas Javier Carbajo, Mariano Borinksy y Angela Ledesma aludieron al “interés superior del niño” para fundamentar la decisión en relación a los dos hijos pequeños de Báez.
"No debe ser soslayado que Martín Antonio Báez se encuentra detenido en prisión preventiva desde el 7 de febrero de 2019, y que su detención domiciliaria fue otorgada con sustento en el interés superior de sus dos hijos de 4 (cuatro) y 6 (seis) años”, sostuvo el fallo de Casación.
“Esta circunstancia, aunada a la situación de emergencia sanitaria alegada por la defensa que impediría las visitas de los niños a la unidad carcelaria, tampoco ha sido evaluada en el temperamento analizado Así, no debe haber demoras ni un dispendio jurisdiccional innecesario”, concluyó.
En su voto al que adhirió la jueza Ledesma, el camarista Borinsky consideró que “en aras de tornar operativos los derechos constitucionales involucrados, corresponde que el a quo haga efectiva la detención domiciliaria oportunamente dispuesta por ese tribunal”.
El arresto domiciliario al mayor de los cuatro hijos de Lázaro Báez fue concedido el 15 de marzo pasado pero todavía permanece en cárcel común porque no depositó la caución fijada por el TOF4.
Esa decisión fue apelada y Casación ordenó revisarla, pero el 10 de mayo último el Tribunal Oral resolvió mantener el monto, ante lo cual la defensa recurrió nuevamente al máximo tribunal federal del país, que ahora revocó la decisión y ordenó conceder el arresto domiciliario.
Báez está condenado a 9 años de prisión, en un veredicto que fue apelado ante Casación. En abril de 2020, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación había solicitado su excarcelación.