Duro golpe a Guillermo Moreno: La Corte falló que el INdEC debe entregar la información "secreta"
CIUDAD DE BUENOS AIRES (Urgente24) La Corte Suprema de Justicia dispuso este martes (24/11) que el INdEC debe entregar la información que produce en caso de ser solicitada por un juez, desestimando así un pedido del organismo para que se declarara la constitucionalidad de la norma por la cual les está vedado a los jueces obtener los datos, de carácter "secretos".
Así lo hizo el Máximo Tribunal al coincidir con un dictamen firmado días atrás por el Procurador Fiscal Luis González Warcalde (ver nota relacionada), y concretamente respecto de un caso en donde el juez federal Rodolfo Canicoba Corral, quien instruye una denuncia penal contra Guillermo Moreno, había solicitado los datos al organismo, y éste se los había negado justificando en que los mismos eran de carácter "secreto".
Si bien la Corte consideró que corresponde que el INdEC suministre los datos, el juez Canicoba Corral pudo acceder tiempo atrás a los mismos, a raíz de un allanamiento ordenado en la cede del organismo.
El planteo surgió luego que Canicoba Corral había solicitado al INdEC una serie de datos, de carácter secreto, en el marco de un expediente de autos "M Guillermo y otros si violación de secreto".
Sin embargo, desde el INdEC le fueron negados, y luego el juez declaró la inconstitucionalidad del artículo 14 del Decreto 3110/70, reglamentario de la Ley 17.622 de creación del Sistema Estadístico Nacional, y la cual extendía el secreto estadístico a las autoridades judiciales.
La inconstitucionalidad de dicho decreto también había sido confirmada por la Sala II de la Cámara Federal, y luego por la Cámara Nacional de Casación Penal.
Por ello, al pedir la desestimación del planteo del organismo, el Procurador González Warcalde había recalcado que el INdEC "ha fatigado en vano todas las jurisdicciones, del juzgado federal a las cámaras Federal y de Casación, y ahora a la Corte federal, con el fin de que se le habilite una instancia recursiva para hacer oír su oposición a la declaración de inconstitucionalidad hecha por el juez federal de la norma que veda al INDEC comunicar a las autoridades judiciales las declaraciones y/o informaciones individuales (...) en forma tal que permitan identificar a la persona o entidad que las formuló".
En su resolución, la Corte remitió a dicho dictamen en el cual se había señalado que el INdEC no "ha demostrado que la medida judicial no convendría al buen funcionamiento de la institución y a preservar, justamente, el manejo correcto de las fuentes".
El INdEC "no indicó los motivos en que basó su pretensión recursiva, y de la doctrina que establece que las denegaciones de los recursos locales es una cuestión que, en principio, no debe trascender el ámbito ordinario", había opinado González Warcalde en su dictamen el cual ahora fue tomado en cuenta por la Corte para resolver.
Texto acerca del Recurso de hecho deducido por el Estado Nacional, en jurisdicción del Ministerio de Economía y Producción, Secretaría de Política Económica, Instituto de Estadísticas y Censos en los autos: Moreno, Guillermo y otros s/ violación de secreto, representado por la Dra. Elena J. Crivellari Lamarque.
Tribunal de origen: Sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal.
Tribunales que intervinieron con anterioridad: Juzgado Nacional en lo Criminal y
Correccional Federal n° 6 y Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo
Criminal y Correccional Federal:
" S.C. M. 1079, L. XLIV
Procuración General de la Nación
