De este modo, será Bonadio el que decida si procesa o no a Cristina. Recordemos que ayer vencía el plazo para que el magistrado ordene su procesamiento, aunque especialistas advirtieron que se trata de un plazo ordenatorio, sin consecuencias procesales. “Si se vencen los diez días no pasa nada porque es un plazo que hay en el Código como para que haya un parámetro, pero que si se pasa no es nulo su accionar”, explicó al portal El Destape el abogado penalista Francisco Onetto.
“En el caso que tendría que sí o sí resolver es si se trata de un plazo perentorio. Acá, por más que haya incumplido con el plazo, la Cámara no le va a decir nada porque no es nulo su accionar y tiene validez”, apunta el abogado penalista Ricardo Huñis.
Cabe recordar que Bonadio ya había rechazado la recusación presentada en su contra por Cristina, argumentanto que "las razones expuestas no presentan el mínimo sostén jurídico requerido para el apartamiento del Juez natural de la causa y por ello habrán de ser rechazadas por el suscripto".
En su pronunciamiento, Bonadio no hizo lugar al argumento de enemistad que interpuso la defensa de la ex mandataria, al indicar que “se considera fundada sólo en el supuesto de que el estado de espíritu de la enemistad, odio o resentimiento, se manifiesten por actos externos que le den estado público”. En ese línea, el juez indicó que, en forma pública, nunca se refirió a la ex Presidente de manera irrespetuosa y “mucho menos con contenido de odio o que encierre animadversión”.