Esta modificación fue uno de los principales reclamos por los que este miércoles (10/10) protestaron en Plaza de Mayo, la CTA opositora de Pablo Micheli y gremios moyanistas de la CGT crítica que lidera el camionero Hugo Moyano.
Según trascendió, el Gobierno analizó durante el primer semestre del año elevar el mínimo no imponible del impuesto a las Ganancias este mes, con el objetivo de inyectar dinero al consumo y evitar que se acentúe el freno de la economía.
Según informa Noticias Argentinas, algunos ministros del Gabinete habían aconsejado adelantar el anuncio de la medida para fines de agosto o principios de septiembre, con el objetivo de evitar que se incremente la conflictividad social, pero la idea no fue tenida en cuenta por Cristina Fernández.
Según fuentes consultadas por Noticias Argentinas, la idea inicial para este año era que el piso se eleve un 25% por lo que para un empleado soltero pasaría de $5.782 neto a $7.227,5 y para el caso de los casados con dos hijos, se incrementaría de $7.998 a $9.997.
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Asimismo, el Gobierno buscará con un decreto volver a ganarle de mano a los diputados de la oposición, que ya presentaron unos 22 proyectos para modificar los valores del impuesto por medio de una ley. En el Congreso hay al menos 17 iniciativas que cuentan con estado parlamentario, de las cuales doce fueron confeccionadas entre enero y junio de este año, además de otras cinco presentadas durante el 2011.
El gobierno demuestra de esta manera que está especulando, pero los meses pasan y los afiliados a los diversos gremios (hasta los oficialistas) están a punto de estallar. Todo queda en meras “intenciones” y se suceden contradicciones dentro del propio gobierno.
Como ejemplo de esto, cabe recordar que el 01/10, el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, volvió a descartar la posibilidad de introducir cambios en el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias.
Echegaray hizo esta referencia al anunciar que la recaudación impositiva de septiembre llegó a $ 62.329 millones, un incremento de +20,2% en comparación con igual mes del año pasado. Considerando la inflación del período, la recaudación impositiva sufre el descenso del nivel de actividad y evoluciona en forma negativa.
Echegaray confirmó que la ley de gastos para el próximo ejercicio incluye un perdón impositivo para Aerolíneas Argentinas y otras compañías estatales vinculadas al grupo aerocomercial estatal
El 11/09, Urgente24 publicaba y describía una situación que poco ha cambiado cuando ya pasó un mes. El problema de Cristina es que sus necesidades fiscales las enfrenta especulando con recaudar más en base a no ajustar. La 4ta. Categoría del Impuesto a las Ganancias y el mínimo no imponible es un ejemplo al respecto.
En este caso judicial, la acción se inició para que se ordene al Poder Ejecutivo Nacional y a la Administración Federal de Ingresos Públicos y a su empleadora que se abstengan de efectuar el descuento del impuesto a las ganancias respecto de las sumas a percibir en concepto de aguinaldo.
El reclamante manifestó en su presentación que es casado y trabaja en relación de dependencia, percibiendo una remuneración mensual cuyo monto no supera los $ 5.300. Expresando, que si bien su salario es inferior a ese monto, al momento de percibir la primera cuota del aguinaldo del primer semestre de 2012, sus haberes superarían el mínimo no imponible y debería efectuarse el descuento.
En su contestación, la AFIP y el Poder Ejecutivo, expresaron que “no corresponde al Poder Judicial revisar la oportunidad, mérito o conveniencia de los tributos, en tanto y en cuanto no se acredite al respecto una confiscación”.
En su resolución, el magistrado Alfredo López, titular del Juzgado Federal Nº 4 de Mar del Plata, sostuvo que “debe tenerse en cuenta que en la última década, caracterizada por la gran crisis económica y social que afronto nuestro país a comienzos del año 2002, el mínimo no imponible fue sufriendo diversas actualizaciones por parte del Estado Nacional”.
Él agregó que “en lo que va del 2012 y pese que ya faltan pocos meses para finalizar el año, el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias no ha sufrido modificación alguna. Ante lo cual, cabe preguntarse si dado el escenario económico/social reinante actualmente en la República Argentina y la situación particular del amparista, resulta razonable que dichos montos continúen inmutables”.
El juez señaló que “el propio texto expreso de la ley 20.628 de Impuesto a las Ganacias (ordenada por Decreto 649/97) en su artículo 25 prevé la ‘actualización anual de los importes de las ganancias no imponibles y de las compensaciones’, según las pautas allí fijadas”.
Además, indicó que “la falta de actualización en cuestión importa en los hechos una irrazonable afectación al módico salario que percibe mensualmente el amparista y con el cual debe hacer frente a todas las necesidades básicas e indispensables, propias y de su familia. Vulnerándose en forma manifiesta su poder adquisitivo”.
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El gobierno nacional sigue en la misma postura y que esta situación explote es una cuestión de tiempo. Fin de año está cada vez más cerca y los trabajadores vienen reclamando desde hace mucho tiempo esta suba. Si bien se suceden voces que hablan de las “buenas” intenciones del gobierno, lo cierto es que son sólo para calmar las aguas, y este engaño no puede durar por mucho tiempo.