Ahora, la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal revisó ese fallo puntual y determinó que los ex directivos de Lapa pueden afrontar consecuencias penales puesto que el delito de "estrago doloso culposo" no está prescripto, según el voto de los jueces Mariano H. Borinsky y Juan Gemignani.
La jueza Ana M. Figueroa, en su voto en disidencia, sostuvo que la acción penal en autos se encuentra prescripta, con fundamento en que el único "acto procesal interruptivo del curso de la prescripción es la sentencia condenatoria".
El 31 de agosto pasado se cumplieron ya 13 años de producida la tragedia que produjo 65 muertos y numerosos heridos graves.