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Precisamente en el marco del PROCREAR fue el último discurso de Kicillof quien el viernes (20/07) al presenciar el sorteo de la Lotería Nacional para los inscriptos en el plan de viviendas fustigó a los economistas críticos al Gobierno, lo que desató una serie de cruces que luego implicaron una defensa de Cristina a su secretario con una dura respuesta a los ex titulares del Banco central, Martín Redrado y Alfonso Prat Gay.
El Poder Ejecutivo también aprobó la reglamentación de la ley de Soberanía Hidrocarburífera, mediante la cual se crea una comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones para el sector que estará a cargo de Kicillof.
La Comisión además estará conformada por un representante de la Secretaría de Energía, que encabeza Daniel Cameron; y otro de la Secretaría de Comercio Interior, que conduce Guillermo Moreno, de acuerdo al decreto 1277.
"El Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas tendrá como ejes estratégicos el incremento y la maximización de las inversiones y de los recursos empleados en exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburos para garantizar el autoabastecimiento y la sustentabilidad de la actividad en el corto, mediano y largo plazo", sostiene la norma firmada por Cristina.
Qué dice el decreto:
Artículo 1° - La Secretaría de Política Económica y Planificación del Desarrollo del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas tendrá a su cargo entender en la ejecución de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital de empresas donde el Estado nacional sea socio minoritario, como así también en aquellas sociedades donde el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas posea tenencias accionarias o de capital, e instruir a los representantes del Estado Nacional o propuestos por él en tales sociedades o empresas.
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Asimismo, la Secretaría de Política Económica y Planificaicón del Desarrollo tendrá a su cargo ejercer los derechos políticos inherentes a las acciones que integran la cartera de inversiones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Régimen Previsional Público de Reparto, creado por el Decreto Nº 897 del 12 de julio de 2007, e instruir a los representantes del Estado Nacional en tales sociedades o empresas.
El Fondo de Garantía de Sustentabilidad continuará percibiendo los dividendos que generen sus tenencias accionarias y ejerciendo los demás derechos patrimoniales y económicos derivados de las referidas acciones.